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  • Usucapión iniciada

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 #1188776  por marianitaroxy
 
Tengo una consulta, es un caso poco usual.
Un cliente quiere adquirir un inmueble. La vendedora ha iniciado la prescripción adquisitiva por ello, la solución más simple sería decirle que no puede comprar el bien hasta que no haya una sentencia en favor de quien obraría como vendedora o una solución definitiva del caso.
Pero se me ocurrió lo siguiente: acaso no podría celebrarse un contrato de cesión de derechos posesorios entre la actora en el proceso de prescripción adquisitiva (la vendedora) y mi cliente?, si tal contrato se celebra, no sería suficiente para presentarse en el expediente incoando una tercería de mejor derecho a fin que, eventualmente, se pueda dictar sentencia en favor de mi cliente?.

Es bastante extraño, quizás hasta puede parecer ridículo pero me cuesta creer que la única solución sea esperar a que esté la sentencia definitiva, sepan disculpar las molestias y agradezco de antemano.
 #1188783  por legalescom
 
¿Como tercería de mejor derecho?, el adquirente, sería un sucesor a titulo singular, no un tercero. Lo correcto, sería realizar una cesión de derechos litigiosos, conforme al :
Art. 1618.- Forma. La cesión debe hacerse por escrito, sin perjuicio de los casos en que se admite la transmisión del título por endoso o por entrega manual.
Deben otorgarse por escritura pública:
a. la cesión de derechos hereditarios;
b. la cesión de derechos litigiosos. Si no involucran derechos reales sobre inmuebles, también puede hacerse por acta judicial, siempre que el sistema informático asegure la inalterabilidad del instrumento;
c. la cesión de derechos derivados de un acto instrumentado por escritura pública.

Entonces, yo haría la cesión, por acta judicial, ya que la posesión no es, precisamente, un derecho real y, el cedido, proseguiría con el juicio de usucapión.