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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1188663  por mirta79
 
buenas tardes:
consulta: cuando el monto que corresponde al FONDO DE CESE LABORAL es inferior a las indemnizaciones por preaviso y antigüedad, igual se aplica la ley 22.250?
la consulta radica en que tengo un cliente que efectivamente el importe del FCL bastante inferior a lo que correspondería a cualquier empleado amparado por la LEY DE CONTRATO DE TRABAJO...
 #1188669  por DRA. MACA
 
Simple, siempre te va a dar menos que aplicando la LCT, porque las tablas salariales de la uocra con el velor hora son bastante deficientes, por no decir otra cosa.

El tema es que no podes mentir sobre el trabajo que hacia. Asi que, como me decia un profesor, es como las lentejas, o las tomas o las dejas.
 #1188720  por mirta79
 
gracias...
si, no es cuestión de mentir sobre la labor...justamente la idea es ver como podemos rechazar los montos bajos de la ley 22250 y aplicar los de la LCT..
 #1188726  por DRA. MACA
 
mirta79 escribió: Mié, 22 Nov 2017, 09:24 gracias...
si, no es cuestión de mentir sobre la labor...justamente la idea es ver como podemos rechazar los montos bajos de la ley 22250 y aplicar los de la LCT..
Lo que decis, no existe, si hacía tareas de construccion la liquidacion es bajo regimen de la contruccion, no se puede aplicar la ley que a uno se le antoje.
 #1188781  por DRA. MACA
 
Para que preguntás entonces si ya sabes.

La proxima sabemos que NO debemos responderte.
 #1188784  por mirta79
 
No.. No sé. Por eso dije que voy a seguir estudiando..
No sabes leer o sos mal educada por naturaleza.. Si no te interesa responder no lo hagas....pero trata de no tirar tu ética profesional por el suelo..
Gracias.. Saludos
 #1188787  por DRA. MACA
 
mirta79 escribió: Mié, 22 Nov 2017, 21:13 No.. No sé. Por eso dije que voy a seguir estudiando..
No sabes leer o sos mal educada por naturaleza.. Si no te interesa responder no lo hagas....pero trata de no tirar tu ética profesional por el suelo..
Gracias.. Saludos
Jajaja quien sos! No sabés donde estás parada y venis a hablar de ética profesional, quien no le sabe llevar un caso a un cliente sos vos y hablás de ética profesional??? Ah bueno!!

No soy mal educada, soy ubicada, por el tenor de tus preguntas habrás estudiado en estas facultades del conurbano en donde en 3 años le dan el título, asi que en tu caso, sos burra por naturaleza.

Agarrá libros y leyes, no muerden.
 #1188791  por mirta79
 
Veo que es innato...
Que fácil resulta insultar detrás de una pantalla y lo peor es que parece ser
moneda corriente la falta de respeto... Más considerando que jamás se te faltó el respeto a vos...
Gracias
 #1188798  por DRA. MACA
 
Falta de respeto es inmiscuirse en el gremio de la construcción sin siquiera leer nada al respecto, decir que queres aplicar la LCT!!!!!

Hay poca pero CONCRETA bibliografía al respecto.

Vuelvo a lo mismo comprá libros, y si no podés, no sabés, delegalo a un colega que conozca de ello.

Aca no estamos para hacerles el trabajo a nadie!!!!
 #1189486  por Picasa
 
va la ley 22250, por más que sea menos la indemnización o injusta, es el régimen de trabajadores de la construcción.
 #1189518  por DRA. MACA
 
Es lo que vengo diciendo, pero esta queria aplicar la ley que se le antoje, y encima, se enoja!!!!

Allá ella... que practique el regimen que quiera, y luego que afronte las consecuencias.