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 #1189764  por fedegrana
 
Hola colegas. Voy por la actora. Contestaron demanda antes que llegue la cedula. El proveido dice: por presentado, parte por const domicilio. Luego, dice tengase presente lo manifestado una vez que vuelva la cedula. No opusieron excepciones. La pregunta es si nos podemos notificar de la contestacio y pedir se abra a prueba?
 #1189766  por abogado_1987
 
fedegrana escribió: Vie, 08 Dic 2017, 01:53 Hola colegas. Voy por la actora. Contestaron demanda antes que llegue la cedula. El proveido dice: por presentado, parte por const domicilio. Luego, dice tengase presente lo manifestado una vez que vuelva la cedula. No opusieron excepciones. La pregunta es si nos podemos notificar de la contestacio y pedir se abra a prueba?
entiendo que no hasta que la cédula se encuentre agregada en autos,
el juzgado tiene que constatar la fecha de notificación
 #1189769  por legalescom
 
Además, si no objetó, mayormente, tu demanda, por allí, una vez devuelta la cédula, pedís se declare la cuestión, como de puro derecho, lo que implica, no producir prueba alguna de tu parte.
 #1189786  por iflores66
 
Pero te convendría al menos saber qué contestó antes de precluir la posibilidad de ofrecer prueba sobre hechos no alegados en la demanda, impugnar prueba improcedente, ver si la cuestión puede ser resuelta como de puro derecho como te sugirieron más arriba y otros etc.
Y además si opuso excepciones previas, como todavía no le tuvieron por contestada en plazo la citación (ya que no estaba la cédula) tampoco podrías contestarla.
De modo que al menos tenés que ver qué contesto y luego ver si pedís la apertura a prueba.
 #1189797  por fedegrana
 
En la contestación de demanda negaron en general y en particular los hechos. No opusieron excepciones. Prueba si, absolución de posiciones y dos testigos. Por eso sí yo no impulso el proceso la demandada no lo hará. Antes de pedir se abra a prueba se me ocurre hacer escrito solicitando que al haber llegado la cedula VS proveea lo que estime corresponder.