Estimados foristas, tengo que hacer una jubilación con moratoria para una Sra extranjera.
Sé que para el SICAM tengo que tomarle a partir de la fecha de ingreso al país que le figura en el documento, pero me genera la duda con respecto al exceso de edad.
La pregunta es, el exceso de edad lo cuento desde que la señora cumplió los 60 años? o debo hacer otro calculo?. Entró al país 3 meses después de cumplir los 18 años, y esa fecha le figura en el documento. Gracias.
Sé que para el SICAM tengo que tomarle a partir de la fecha de ingreso al país que le figura en el documento, pero me genera la duda con respecto al exceso de edad.
La pregunta es, el exceso de edad lo cuento desde que la señora cumplió los 60 años? o debo hacer otro calculo?. Entró al país 3 meses después de cumplir los 18 años, y esa fecha le figura en el documento. Gracias.