Colegas me gustaría tener sus opiniones, una cliente estuvo en concubinato por 15 años tienen la constancia con dos testigos que se firmaba antes en juzgados comunitarios de fecha 2003.
Tienen 2 hijos de 11 y 14. Se separan el año pasado, ella se va con sus niños por una situación de violencia (no denunciada) sin llevarse nada.
Durante la convivencia adquirieron a nombre de ambos los derechos sobre una casa de barrio de esas que da la provincia que todavía estan pagando no tienen escritura que era asiento de la vivienda fliar, un camión con acoplado a nombre de un tercero, camioneta, auto, terreno y moto, todo esto último registralmente a nombre de él.
Durante la convivencia él tenia trabajos no registrados (trabajaba en la cosecha) y ella docente.
Durante este año desde la ruptura el muchacho no le pasa alimentos ni le dio ningún bien, ella se fue con lo puesto, actualmente él vive allí con una nueva señorita y tienen un bebe.
Consulta:
1. pensaba iniciar medidas provisionales en los términos de los art. 721, 722 y 723, y anotar como litigiosos los bienes mientras se desenmaraña la cuestión ppal. Alimentos provisorios y atribucion de hogar familiar o renta compensatoria, inventario de bienes y retirar los efectos personales, la compensacion económica estaría caduca.
2. respecto del ppal., mi cliente tiene derecho al 50% de lo adquirido durante la convivencia siendo que siempre trabajo y colaboró con la comunidad de intereses.
3. Cual sería la acción?
Cualquier opinión es bienvenida!
Tienen 2 hijos de 11 y 14. Se separan el año pasado, ella se va con sus niños por una situación de violencia (no denunciada) sin llevarse nada.
Durante la convivencia adquirieron a nombre de ambos los derechos sobre una casa de barrio de esas que da la provincia que todavía estan pagando no tienen escritura que era asiento de la vivienda fliar, un camión con acoplado a nombre de un tercero, camioneta, auto, terreno y moto, todo esto último registralmente a nombre de él.
Durante la convivencia él tenia trabajos no registrados (trabajaba en la cosecha) y ella docente.
Durante este año desde la ruptura el muchacho no le pasa alimentos ni le dio ningún bien, ella se fue con lo puesto, actualmente él vive allí con una nueva señorita y tienen un bebe.
Consulta:
1. pensaba iniciar medidas provisionales en los términos de los art. 721, 722 y 723, y anotar como litigiosos los bienes mientras se desenmaraña la cuestión ppal. Alimentos provisorios y atribucion de hogar familiar o renta compensatoria, inventario de bienes y retirar los efectos personales, la compensacion económica estaría caduca.
2. respecto del ppal., mi cliente tiene derecho al 50% de lo adquirido durante la convivencia siendo que siempre trabajo y colaboró con la comunidad de intereses.
3. Cual sería la acción?
Cualquier opinión es bienvenida!