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  • sucesiones-Recaudo previo para la transferencia por tracto abreviado

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 #1190339  por Picasa
 
Hola colegas, estoy con m i primer sucesorio, salió la declaratoria de herederos, en la última parte dela resolución dice"Hágase saber a las partes que, en virtud de la fecha de fallecimiento de los causantes, deberán cumplimentar con lo dispuesto por la ley 10.197, como recaudo previo a: 1) expedición de fotocopias certificadas al efecto de transferir bienes y/o cobrar seguros; 2) libramientos de fondos en conceptos de seguros (incluyendo ley 3011); 3) transferencia de automotores por tracto abreviado; 4) adjudicación y/o partición de bienes muebles e inmuebles. Para otro acto que no implique transferencia de bienes, no será necesario acreditar el cumplimiento de dicha ley."
Es la ley del impuesto a la transmisión gratuita de bienes-Los herederos quieren vender por tracto abreviado un auto , o sea, que previo a solicitar que el juez el oficio al registro hay que pagar el impuesto??o se refiere a otra cosa??
 #1190387  por abogado_1987
 
entiendo ley 10.197 > Pcia. de Entre Ríos

en prov de Buenos Aires, respecto al impuesto a la transmisión gratuita de bienes >

"... deberá acreditar la presentación de la declaración jurada ... y, de corresponder, el pago del impuesto a la transmisión gratuita de bienes y, en su caso, sus accesorios; y acompañar la valuación de dichos bienes a fin de efectuar el contralor que la norma mencionada dispone..."
 #1190477  por abogado_1987
 
Picasa escribió: Vie, 22 Dic 2017, 13:34 gracias Abogado! O sea que se presenta la declaracion jurada y se paga el impuesto si corresponde por el monto, porque dice que hasta 250000 no estarìan alcanzados? son dos motos chicas y una camioneta, siniestrada-
en prov Baires es así como decís, de nada, suerte