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  • Reajuste Anses apela a la Corte

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1190418  por letisu117
 
Estimados colegas: Queriamos consultarles por un reajuste el cual tiene sentencia de 1ra y 2da Instancia. Nosotros presentamos la liquidacion, la cual fue rechazada varias veces por el Juzgado hasta que finalmente la aprobo y luego se le dio traslado a Anses quien la rechazo en cuanto a la aplicacion de los indices, a lo cual el Juzgado con fecha 04/12/2017 contesta que rechaza las impugnaciones deducidas por la demandada y aprueba la liquidacion presentada por al parte actora, por la suma retroactiva total de $ 771.561.- en concepto de capital e intereses y un haber a Julio/2017 de $ 37.423.-
Anses se presenta y apela porque argumenta que la sentencia de autos le causa un gravamen irreparable y el Juzgado con fecha 12/12/2017 concede el recurso de apela cion interpuesto en relacion y con efecto diferido contra la Resolucion del 04/12/2017.
Si alguien puede orientarnos ya que es la primera vez que llegamos a esta instancia (la Corte).
Desde ya muchas gracias.
 #1190428  por lucky
 
No entiendo algo del planteo.
¿La sentencia de Cámara está firme?
Si es asi, y Anses apeló la resolución del juzgado de primera instancia que aprobó la liquidación, el expte va a ser tratado por la misma Sala que intervino.
Nada tiene que ver la Corte.
 #1190455  por letisu117
 
Hola, muchas gracias por tu respuesta.
Te cuento que la sentencia de Sala I es de fecha 11/12/2014., de la cual se nos corrio traslado a ambas partes e intimandose a Anses a que presente la liquidacion en 120 dias. Como no lo hizo, presentamos nosotras vencido dicho plazo, una liquidacion. Esta fue observada en varias oportunidades por el Juzgado por no seguir los lineaminentos contenidos en la sentencia. Finalmente, calculamos por el Bluecorp, siendo aprobada el 13/09/2017, se le corre por el plazo de 10 dias a Anses, quien la impugna argumentando la mala aplicacion de los indices. Contestamos a esas impugnaciones y el Juez con fecha 04/12/2017 envia cedula electronica notificando el rechazo de la impugnacion deducida por la demandada, aprobar la liquidacion practicada y da plazo de 10 dias para que Anses denuncie la fecha en que reajustara el haber, aplicando $ 100 de astreintes por cada dia habil de demora.
Despues de esto nosotras festejabamos porque ya pensabamos que cobrabamos, pero no fue asi. Con fecha 12/12/2017 a traves de la pagina del poder judicial, el Juez provee lo siguiente: "En atencion a lo dispuesto por las Resoluciones de la Camara Federal de la Seg. Social Nro. 11 del 24/02/2010 y 23/05/2011, tengase por presentado por parte y por ratificado el domiciiio.
Concedase el recurso de apelacion interpuesto en relacion y con efecto diferido contra la Resolucion del 04/12/2017 (Conf. 242, 243, 247 y 509 del CPCCN). Tengase presente la reserva de caso federal". Elvira Muliero Juez Federal.
Te agradeceriamos si nos podes orientar como seguir esto.
Desde ya muchas gracias!!!
 #1190456  por letisu117
 
Hola, muchas gracias por tu respuesta.
Te cuento que la sentencia de Sala I es de fecha 11/12/2014., de la cual se nos corrio traslado a ambas partes e intimandose a Anses a que presente la liquidacion en 120 dias. Como no lo hizo, presentamos nosotras vencido dicho plazo, una liquidacion. Esta fue observada en varias oportunidades por el Juzgado por no seguir los lineaminentos contenidos en la sentencia. Finalmente, calculamos por el Bluecorp, siendo aprobada el 13/09/2017, se le corre por el plazo de 10 dias a Anses, quien la impugna argumentando la mala aplicacion de los indices. Contestamos a esas impugnaciones y el Juez con fecha 04/12/2017 envia cedula electronica notificando el rechazo de la impugnacion deducida por la demandada, aprobar la liquidacion practicada y da plazo de 10 dias para que Anses denuncie la fecha en que reajustara el haber, aplicando $ 100 de astreintes por cada dia habil de demora.
Despues de esto nosotras festejabamos porque ya pensabamos que cobrabamos, pero no fue asi. Con fecha 12/12/2017 a traves de la pagina del poder judicial, el Juez provee lo siguiente: "En atencion a lo dispuesto por las Resoluciones de la Camara Federal de la Seg. Social Nro. 11 del 24/02/2010 y 23/05/2011, tengase por presentado por parte y por ratificado el domiciiio.
Concedase el recurso de apelacion interpuesto en relacion y con efecto diferido contra la Resolucion del 04/12/2017 (Conf. 242, 243, 247 y 509 del CPCCN). Tengase presente la reserva de caso federal". Elvira Muliero Juez Federal.
Te agradeceriamos si nos podes orientar como seguir esto.
Desde ya muchas gracias!!!
 #1190481  por alejandra01
 
para mí es una chicana más, y un sacarse de encima el tema por parte del juzgado. No creo que habiendo sentencia firme la corte acepte que ingrese el cuestionamiento de una liquidación. Espero tengas suerte y se la rechacen.
 #1190488  por lucky
 
A ver la secuencia... La liquidación fue aprobada por la jueza de primera instancia. La liquidación no se encuentra firme porque fue apelada y la jueza concedió el recurso "en relación con efecto diferido" (por tratarse de la ejecución de una sentencia). Cuando lo eleven lo va a tratar la misma Sala que intervino antes cuando Anses apeló la sentencia.
En este estado, presentaría un escrito pidiendo que se intime a Anses al pago de la liquidación aprobada bajo apercibimiento de embargo.
En función de lo que provean ves si los intiman a pagar o te elevan el expte a Cámara para que revise la liquidación (esto último es lo más probable que suceda).
Antes que nada fijate si ANSES fundó el recurso dentro de los 5 días de concedido porque podrías pedir que se lo declare desierto.
 #1190496  por letisu117
 
Muchas gracias a los dos por sus respuestas, Lucky vamos a seguir tu consejo, presentaremos escrito intimando al pago de la liquidacion aprobada y veremos que contestan. Les vamos contando como sigue el caso. Mil gracias por su aporte!!
 #1190497  por letisu117
 
Muchas gracias a los dos por sus respuestas, Lucky vamos a seguir tu consejo, presentaremos escrito intimando al pago de la liquidacion aprobada y veremos que contestan. Les vamos contando como sigue el caso. Mil gracias por su aporte!!
 #1190573  por drany
 
Es que el auto que aprueba la liquidación no se encuentra técnicamente firme en orden a la apelación articulada por ANSES. Te corrieron traslado por nota de los agravios?
 #1199325  por yesicabelen
 
Estimados, este es mi primer post. Trabajo en un caso parecido, con el agravante de que el causante falleció y nos dan las mil vueltas. Intimamos a la Anses a presentar liquidación, lo cual obviamente no sucedió, y además pidieron prórroga para su presentación. Necesitaría saber si alguien conoce de un caso en el que los herederos hayan cobrado? y por otro lado, donde se consigue algún programa parecido al Bluecorp? Desde ya les agradezco muchísimo!
 #1199339  por lucky
 
Si, los herederos se presentan, inician la ejecución con la liquidación, se cumplen los pasos procesales hasta que después de un tiempo se embarga y se transfiere la suma embargada desde el juzgado donde tramita el reajuste a la sucesión.
Se paga tasa de justicia y cobran.
 #1230136  por AleV
 
Letisu117, tengo el caso de mi padre que es identico al que Usted plantea. Puedo preguntarle como finalizo el suyo?