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  • MODELO DE PRONTO DESPACHO REAJUSTE DE HABERES

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1190572  por drany
 
Te referís a un pronto despacho en sede judicial. Dificil. Y dificil aún existiendo una enfermedad terminal o edad avanzada. Igual. Intentalo. Suerte
El trámite en Cámara lleva un promedio de 3 años. Increible pero real
 #1190609  por Leonidas2020
 
Este es el texto del escrito que estimo voy a presentar post-feria. Opiniones?


(i) Objeto:
Que en un todo conforme lo normado por art. 293 del CPCC, vengo por este acto a solicitar PRONTO DESPACHO de los autos del epígrafe., dadas las razones objetivas de urgencia conforme la historia clínica adjunta-
El pedido formulado encuentra fundamento en el injustificado vencimiento de los plazos que dispone el rito a fin de que el Tribunal emita resolución del pedido practicado con fecha XXX. Ciertamente la omisión en ciernes se traduce en una violación de los derechos Constitucionalmente consagrados, tales como el debido proceso, derecho de defensa, igualdad ante la ley, entre otros.-

Consecuentemente, y para el supuesto caso de que el presente pedido no fuere de recibo en el término de ley, formulo reservas de articular recurso de retarda justicia por ante la Alzada.-

(ii) Adjunto historia clínica de la parte actora que acredita su situación crítica motivo del carácter objetivo urgente de la presente presentación.
(iii) Petitum:
Por todo ello a V.S. pido:

1.- Tenga por incoado el pedido de pronto despacho de los autos relacionados en el encabezado, disponiéndose a acoger el mismo.-
2.- Tenga presente las reservas formuladas para el supuesto expresado.-
 #1190674  por lucky
 
El art. 293 tiene que ver con el pronto despacho en las Cámaras de Casación que todavía no se implementaron.
Pero como te dice drany intentalo, sobre todo con certificados médicos que demuestren que la enfermedad es grave o terminal y el cumplimiento de la sentencia se puede frustrar por el desarrollo de la enfermedad.
En este fuero todos los exptes son susceptibles de pronto despacho.