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  • RECUSACION SIN CAUSA

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 #1190684  por adrianne
 
Buenas tardes foristas. Ayer iniciamos un daños y nos designaron un juzgado que la verdad queremos recusar al Juez sin causa, porque ya tramitó otro expediente y no estuvimos de acuerdo con muchas situaciones que se fueron dando.

La verdad nunca lo habiamos hecho y anoche al leer el art 14 nos encontramos q El actor podrá ejercer esta facultad al entablar la demanda o en su primera presentación.

Ya presentamos el sobre con demanda y documentación. La pregunta es si debimos haber recusado al juez con esa presentación y si ya no podemos hacerlo?? Gracias!Adri *flor*
 #1190689  por legalescom
 
Entendería que, dejar el sobre con demanda y documentación, no sería la primera presentación. Por lo tanto, yo lo intentaría con el primer escrito a presentar, sin olvidarte, que debe recusarse al juez y no al Juzgado.
 #1190842  por adrianne
 
Gracias legales por responder!!! Feliz Año! Es el juicio por caida en la via pública con el q me ayudaste respecto de la prescripción. Intenté armar una buena demanda espero prospere. Pero imaginate q ya tuvimos mala experiencia con ese juzgado por eso queremos recusarlo. Ya salió el primer despacho
Previo a todo, de la competencia, dese vista al MinisterioFiscal.-

Esperarmos q vuelva y de acuerdo a lo q conteste pedimos la recusacion. *flor*