Hola, quiero hacer la siguiente consulta en busca de orientación. Se trata de la negociación de un plan de pago por deuda de un crédito con una financiera. ¿Existe alguna normativa aplicable en donde se obligue a las financieras a moderar los intereses a aplicar? (Así como en el caso del Decreto 246/11 que estableció topes a las tasas aplicables a los créditos de los jubilados y pensionados)
Se agradece de antemano cualquier aporte. Gracias.
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