Hola colegas!
Tengo una duda, estoy armando un contrato para una arquitecta donde se obliga a realizar solo la conduccion tecnica de una obra, y no se en que marco encuadrarlo: es solo una locacion de sevicios? me queda la duda si igualmente debo ajustarme a las disposicioes generales del 1251 y sgtes.
Si alguien me ayuda!!
Tengo una duda, estoy armando un contrato para una arquitecta donde se obliga a realizar solo la conduccion tecnica de una obra, y no se en que marco encuadrarlo: es solo una locacion de sevicios? me queda la duda si igualmente debo ajustarme a las disposicioes generales del 1251 y sgtes.
Si alguien me ayuda!!
Ab. Emilia J. AUAD