Buenos días, señe un departamento en el que me indican que el espacio aéreo es solo para mi uso dado que no tiene tanques de agua ni los demás departamentos tienen acceso (yo tampoco, debería poner una escalera en el balcón) me informan de la inmobiliaria que el uso de este espacio aéreo me pertenecería porque así figura en el reglamento de copropiedad (aun no lo vi dado que solo lo señe) pero me asusta un poco que tan legal sea eso, tengo miedo que después me reclamen los vecinos, esos metros no están escriturados en el departamento sino debería abonar mas de expensas también, es valido? conocen algún caso? Gracias
El Código Civil y Comercial, es claro y terminante, al respecto.
Art. 2041.- Cosas y partes necesariamente comunes. Son cosas y partes necesariamente comunes:
a. el terreno;
b. los pasillos, vías o elementos que comunican unidades entre sí y a éstas con el exterior;
c. los techos, azoteas, terrazas y patios solares;
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