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  • USUCAPION CONTRA ASCENDIENTE + VALIDEZ DE BOLETO SIN CERTIFICAR

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 #1192191  por cachorren
 
Buenas tardes foristas.
Estoy proximo a iniciar un caso de usucapión. Básicamente mis dudas son:
Tengo un boleto de compraventa -SIN CERTIFICAR FIRMA-. El COMPRADOR es el hijo del VENDEDOR. Éste último FALLECIDO en 2011. La fecha de celebración es 30-12-1999, en el mismo ambas partes declaran que la posesión se otorgó en el año 1987. Mis dudas son acerca de la validéz probatoria que tiene este boleto sin certificar y si se puede usucapir contra el ascendiente.

El camino de hacer el SUCESORIO no lo tomo porque son VARIOS HERMANOS y estan peleados entre ellos, no le reconocerían la posesion a mi cliente.
Bueno, lo que puedan aportar,yo agradecido. Saludos colegas!
 #1192420  por josefernandez
 
este tipo de acciones van dirigidas contra todos. el boleto te puede ayudar con la fecha en que has entrado en posesión de bien, pero lo requisitos de la posesion (publica - pacifica e ininterrumpida) lo tenes que probar.- no necesitas demostrar la buena fe de la posesion en este tipo de acciones.- pero tenes la posesión de diez años con justo titulo, fíjate cual de la dos te conviene.-
 #1192423  por legalescom
 
Ante todo, por lo que decís, el padre, le habría cedido o vendido un bien, del que no tenía el título, por eso hablan de la posesión desde 1987. Por lo tanto, la usucapión, se promueve contra el titular de dominio. Se trata de una usucapión veinteñal y no decenal, dado que no hay, de por medio, justo titulo alguno.
 #1192425  por Sole2901
 
Estimados buenas tardes, ya que aquí estan hablando del tema usucapion tengo una consulta,qué pasa con un terreno abandonado que da al fondo de tres casas, los tres propietarios deciden limpiarlo y dividirlo y así cada uno utilizar la parte del fondo que le daba a cada casa, pero uno de los tres propietarios por un contacto de la municipalidad consiguió el número de partida y que los impuestos le lleguen a él, pagarlos y no querer compartir ese gasto, puede lograr quedarse con todo el terreno que ya está dividido hace tiempo?? Aguardo comentarios por favor, muchas gracias
 #1192430  por legalescom
 
Ante todo, que los otros dos vecinos ocupen, realmente, la parte del lote que acordaron poseer. Que no le permitan, al tercero, acceder por ningún lado a tales lotes, sólo al ocupado por él. Asimismo, que tu cliente, llegado el tiempo , promueva usucapión sobre el lote que ocupa, no importa si no paga los impuestos, lo que, realmente, valdrá serán todos los actos posesorios que haya realizado, como edificación, plantación, sembrado, cercos, etc. etc.
 #1192445  por ESCSERGIOH
 
Sole2901 escribió: Dom, 04 Feb 2018, 15:45 Estimados buenas tardes, ya que aquí estan hablando del tema usucapion tengo una consulta,qué pasa con un terreno abandonado que da al fondo de tres casas, los tres propietarios deciden limpiarlo y dividirlo y así cada uno utilizar la parte del fondo que le daba a cada casa, pero uno de los tres propietarios por un contacto de la municipalidad consiguió el número de partida y que los impuestos le lleguen a él, pagarlos y no querer compartir ese gasto, puede lograr quedarse con todo el terreno que ya está dividido hace tiempo?? Aguardo comentarios por favor, muchas gracias
el pago de impuestos es solo indicio de querer usucapir,o ejercer la posesion,imaginate si las personas se pusieran a pagar los impuestos de terrenos baldios,u ocupados y luego intentar hacer valer esa accion como posesoria? seria un desastre egal por todos lados
 #1194492  por flormar35
 
Estimados, aprovecho el post por una consulta similar.

Mi cliente tiene boleto de compraventa de fecha Oct de 1998 sobre un determinado lote. Impuestos, tasas, servicios, y construcciones (departamentos que hoy en día alquila) todo a su nombre. Posesión ininterrumpida, pacifica y de publico conocimiento. Ahora bien, debo esperar a que se cumplan los 20 años exactos (Oct de 2018) o puedo iniciarla igual? Tal vez es una pregunta tonta, pero al revisar la fecha de los boletos de compraventa, me surgió la duda. Vale aclarar, que tengo los dos boletos de compraventa de los propietarios anteriores (sobre el mismo lote) y datan de 1967 y 1997.

Gracias!!!
 #1194567  por legalescom
 
Tu cliente, ha sido continuador de la posesión, habida antes que comprara el bien. Puede sumar, su posesión, a la de sus predecesores y, por ende, tener por superado los 20 años exigidos por la ley.
El Cód. Civ. y Com., en su art. 1901, dice:

"...El sucesor particular puede unir su posesión a la de sus antecesores, siempre que derive inmediatamente de las otras...".

Tal extremo, debe probarse.