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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1193045  por Bruna90
 
Estimados colegas.
Tengo una duda respecto a un oficio que debo confeccionar para un hospital público de la Pcia, el proveído dice así:
"Líbrense, por el momento, únicamente los oficios en los que se requieran historias clínicas del actor o los que eventualmente se dirijan a la SRT, Comisión Médica (demandada) y CORREO, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 398 del CPCCN. Cada oficio se ordena en los términos y condiciones establecidos en el art. 84 de la Ley 18.345 (texto según Ley 24.635. Quedan ordenados los desgloses necesarios de así corresponder, previa certificación por Secretaría de copia que deberá presentar la oferente. (Art. 34 del CPCCN)"

No entiendo muy bien si el art. que debo transcribir es el 398 CPCCN o el 84 Ley 18.345, ya que el 398 dice que las entidades públicas y privadas deben contestar en un plazo de 10 días y el art. 84 dice que las publicas tienen 20 días y las privadas 10.
Agradecería mucho su ayuda.
 #1193102  por adessoma
 
Transcribís el 84 de la LO.