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 #1192755  por fran1988
 
Estimado. -Sólo cuando estuvo registrado (en blanco).-

Recuerde que la multa se devenga en tanto el empleador haya RETENDIO Y NO INGRESADO los importes a los organismos de la seguridad social.- Por ello, es una suerte de tipo penal, en donde la conducta se tipifica por "quedarse con parte de la remuneración del trabajador sin ingresarlo a ANSES, obra social, sindicato, etc.".-

Saludos!