Hola colegas, les pido consejo..un cliente cuya actividad es prestar dinero me trae al estudio varios pagare que debía ejecutar, solo tiene documentos pagare..
Lo primero que hice fue iniciar el juicio ejecutivo, corriendo el riesgo de que alguno de los deudores fundamentara alguna excepción basándose en la ley de defensa del consumidor, por que claramente no cumple con el art. 36.- Por suerte ninguno de los demandados compareció y obtuve sentencia favorable.-
La pregunta es la siguiente, como voy a continuar con este cliente, quiero asesorarlo correctamente de ahora a futuro a la hora de concretar un préstamo..deberia ademas del pagare firmar un mutuo? y en ese caso el procedimiento seria abreviado y no ejecutivo..Soy de Córdoba.-
Agradezco todo comentario.
Lo primero que hice fue iniciar el juicio ejecutivo, corriendo el riesgo de que alguno de los deudores fundamentara alguna excepción basándose en la ley de defensa del consumidor, por que claramente no cumple con el art. 36.- Por suerte ninguno de los demandados compareció y obtuve sentencia favorable.-
La pregunta es la siguiente, como voy a continuar con este cliente, quiero asesorarlo correctamente de ahora a futuro a la hora de concretar un préstamo..deberia ademas del pagare firmar un mutuo? y en ese caso el procedimiento seria abreviado y no ejecutivo..Soy de Córdoba.-
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