el juez dice:
S/EJECUCION HIPOTECARIA
EXPTE. Nº: 59714
General San Martín, 5 Octubre de 2015 .-mgb
Téngase presente lo manifestado y dese por cumplido con el previo dispuesto a fs. 39 tercer párrafo.-
Consecuentemente corresponde proveer la presentación de fs. 18/20 de la siguiente manera:
Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 521 y 529 del CPCC, líbrese mandamiento de intimación de pago y citación de remate contra el ejecutado por la suma de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHENTA ($366.080), importe del crédito que se reclama en autos, con más la de PESOS CIENTO VEINTIOCHO MIL CIENTO VEINTIOCHO ($128.128), que se presuponen "prima facie" para responder a intereses, costas y costos del juicio. En caso de dar resultado negativo la intimación de pago , ella importará la citación al ejecutado para oponer excepciones legítimas dentro del plazo de CINCO días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución (art. 540 del CPCC), como asimismo el requerimiento para que dentro de dicho plazo constituya domicilio legal bajo pena de tenerlo por constituído en los estrados del Juzgado, en los términos del art. 41 del CPCC.
La pregunta es si la deuda esta en dolares, el juez esta reconociendo una deuda en pesos????
Se debe pedir que se considere la deuda hipotecaria en dolares???
S/EJECUCION HIPOTECARIA
EXPTE. Nº: 59714
General San Martín, 5 Octubre de 2015 .-mgb
Téngase presente lo manifestado y dese por cumplido con el previo dispuesto a fs. 39 tercer párrafo.-
Consecuentemente corresponde proveer la presentación de fs. 18/20 de la siguiente manera:
Teniendo en cuenta lo que resulta de la documentación acompañada y lo dispuesto en los arts. 521 y 529 del CPCC, líbrese mandamiento de intimación de pago y citación de remate contra el ejecutado por la suma de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL OCHENTA ($366.080), importe del crédito que se reclama en autos, con más la de PESOS CIENTO VEINTIOCHO MIL CIENTO VEINTIOCHO ($128.128), que se presuponen "prima facie" para responder a intereses, costas y costos del juicio. En caso de dar resultado negativo la intimación de pago , ella importará la citación al ejecutado para oponer excepciones legítimas dentro del plazo de CINCO días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución (art. 540 del CPCC), como asimismo el requerimiento para que dentro de dicho plazo constituya domicilio legal bajo pena de tenerlo por constituído en los estrados del Juzgado, en los términos del art. 41 del CPCC.
La pregunta es si la deuda esta en dolares, el juez esta reconociendo una deuda en pesos????
Se debe pedir que se considere la deuda hipotecaria en dolares???