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  • ENCAUSAR DEMANDA???

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 #1194023  por sofia2009
 
Hola, les hago la siguiente consulta:

Me acabo de hacer cargo de un juicio de Desalojo por Falta de Pago que se encontraba en trámite bajo el patrocinio de otro profesional, el cual renunció dias pasados (esto es en Pcia de Bs. As).
Ahora bien, cuando leo el expediente veo que el proceso fue encarado de manera erronea, principalmente el objeto del juicio, entre otras cosas.
Hoy fui a hablar al juzgado y la persona que lleva el juicio me dijo que tenia razón y me aconsejó que la encause explicando los motivos.
Mi duda es: Cuando me presento que digo, VENGO A ENCAUSAR LA DEMANDA??? y en el sumario que pongo ENCAUSA DEMANDA? Como se encara?
Disculpen la pregunta, es una pelotu_ _z pero es la primera vez que paso por esta situación.
Gracias *abrazo*
 #1194025  por legalescom
 
Ante todo, para encausar y/o rectificar la demanda, en debida forma, ésta, no debió haber sido notificada a la contraparte
 #1194028  por amoqs
 
Estimado
Tal y como dice el colega en los comentarios anteriores, es posible modificarla si la misma no fue notificada, en base al art. 331 CPCC de la provincia.
Yo titularia el escrito como MODIFICA DEMANDA (o amplia en caso que corresponda) y te basas en el articulo mencionado. (vengo por el presente a modificar la demanda incoada por esta parte con fecha xxxxxx, en fojas xxx/xxx, atento no encontrarse notificada la misma a la contraparte, en los termino del art. 331 CPCCBA, etc.....)
Saludos.