Buenos días, una consulta, les cobran al cliente de la reparación histórica algún honorario o solo lo que paga ANSES?
Se que existe una Ley sobre honorarios profesionales, la Ley 17040 que en su Artículo 5° dice que "Los abogados y procuradores de la matrícula no podrán percibir de los beneficiarios que representen o patrocinen, honorarios que excedan del importe dos meses de la prestación que a éstos corresponda. En el caso del apartado 2 del artículo 4º, el honorario no podrá exceder del diez por ciento (10%) del importe de la suma a percibir, con el tope indicado precedentemente".
Si se cobra como dice la Ley acá, podremos tener alguna represalia por parte de Anses?
Saludos.