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  • Desalojo por falta de pago y vencimiento de contrato

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 #1193776  por msal
 
Buenas tardes, tengo que sustituir a un colega en un desalojo que él inició en marzo del 2016 y todavía no pudo notificar la demanda. El tema es que además de falta de pago, ahora también venció el contrato de alquiler. Puedo al no estar todavía trabada la Litis, enderezar la demanda y además de reclamar la falta de pago, pedir el desalojo por vencimiento de contrato? Lo pregunto porque quiero evitar que el locatario me presente recibos truchos, y me estire la ocupación hasta que se periten las firmas (en un juicio me llevó 6 meses con todas las chicanas). Gciassss
 #1193794  por abogado_1987
 
msal escribió: Jue, 22 Feb 2018, 19:17 Buenas tardes, tengo que sustituir a un colega en un desalojo que él inició en marzo del 2016 y todavía no pudo notificar la demanda. El tema es que además de falta de pago, ahora también venció el contrato de alquiler. Puedo al no estar todavía trabada la Litis, enderezar la demanda y además de reclamar la falta de pago, pedir el desalojo por vencimiento de contrato?

entiendo que si, tienen distintos objetos
PATRIMONIALES 435 DESALOJO POR VENCIMIENTO DE CONTRATO
PATRIMONIALES 189 EJECUCION DE ALQUILERES

http://www.cpacf.org.ar/ej_prof.php?sec ... tos_juicio

Lo pregunto porque quiero evitar que el locatario me presente recibos truchos, y me estire la ocupación hasta que se periten las firmas (en un juicio me llevó 6 meses con todas las chicanas). Gciassss
 #1193795  por msal
 
Gcias Abogado1987 !!!! Como nunca lo hice, sabes como se debería liquidar la tasa en este supuesto? Alcanzará con el monto ya integrado por el desalojo? Mil Gciassssss y Slds
 #1193874  por msal
 
Ok, milGcias Abogado1987. Tramita en San Isidro. Pregunta: Y no puedo pedir el desalojo por falta de pago y vencimiento de contrato en la misma demanda, si se dan esos dos presupuestos? Pregunto xq desde q se inició la demanda por falta de pago hace DOS AÑOS, nunca pudo trabar la litis, y ahora ya se venció el contrato. Tengo q elegir una de las dos acciones o puedo unirlas en una sola demanda?
Respecto de la tasa, mi duda es:
1|) En desalojo por falta de pago se paga sobre el total de los meses q estipulaba el contrato o solo por los meses q el locatario cumplió en el pago?
2) En el desalojo por vencimiento de contrato se paga sobre el total de los meses q estipulaba el contrato?
3) En la ejecución de alquileres, sobre q se calcula el pago de la tasa, sobre el total de los meses estipulados en el contrato o sobre los meses efectivamente abonados?
Una vez más, UN MILLÓN DE GRACIAS POR TU AYUDA ABOGADO 1987!!!!
Slds
 #1194135  por abogado_1987
 
Hola Msal, entiendo en cuanto al desalojo >

b) En los juicios de desalojo de inmuebles la base está dada por el importe de tantas veces el alquiler mensual, correspondiente al mes anterior a la iniciación de la demanda, como cantidad mínima de meses fije el Código Civil y sus Leyes complementarias, según el caso para las locaciones y arrendamientos.

http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/l ... 10731.html

en cuanto a la ejecución de alquileres>
En concepto de retribución de los servicios de justicia deberá tributarse en cualquier clase de juicio por sumas de dinero o valores económicos o en que se controviertan derechos patrimoniales o incorporables al patrimonio, una tasa cuyo monto será:

a) Si los valores son determinados o determinables, el veintidós por mil 22 o/oo

http://www.scba.gov.ar/informacion/tasa.asp