Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • EMPLEADO EN NEGRO

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1194704  por pgys
 
TENGO UNA DUDA: UN CLIENTE HACE 10 AÑOS QUE TRABAJA EN NEGRO. HACE 2 MESES QUE LO BLANQUEARON. PERO CON FECHA DE DICIEMBRE/17. Y POR UN MONTO INFERIOR A LO QUE PERCIBE. EL TEMA ES COMO RECLAMR QUE LE MODIFIQUEN EL RECIBO DE SUELDO, CON LA VERDADERA ANTIGÜEDAD Y LA VERDADERA REMUNERACION SIN QUE LO ECHEN???? ALGUIEN ME PUEDE AYUDAR???
GRACIAS
 #1194758  por emily5984
 
Ley 24013 establece un procedimiento para reclamar a través de CDs. No te garantiza que no lo echen, pero duplica las indemnizaciones para el caso en que haya despido sin causa durante los dos años posteriores a la intimación. Tomá en cuenta que si hace 10 años que trabaja en negro, el empleador debería ingresar aportes y pagar multas bastante elevadas, tal vez prefiera despedirlo igual e ir a juicio. Depende de la solvencia del empleador. Saludos
 #1194774  por adessoma
 
Estimado pgys: Date cuenta de que la estrategia del empleador es despedirlo dentro del período de prueba para eludir el pago de indemnizaciones y multas. Si tu cliente tiene testigos sugiero que intime ya mismo. Caso contrario, perderá las multas de la ley 24013 (art. 3, inc. 1, decreto 2725/91). No te duermas con esto; si querés te paso un modelo de intimación.
Saludos.
 #1194779  por pgys
 
Los tres meses ya se cumplieron. igual ie pido un modelo y te agradesco, pero si lo despiden puedo intentar probar la antigüedad, anque pierda la 24013???
GRacias


Estimado pgys: Date cuenta de que la estrategia del empleador es despedirlo dentro del período de prueba para eludir el pago de indemnizaciones y multas. Si tu cliente tiene testigos sugiero que intime ya mismo. Caso contrario, perderá las multas de la ley 24013 (art. 3, inc. 1, decreto 2725/91). No te duermas con esto; si querés te paso un modelo de intimación.
Saludos.
[/quote]
 #1194857  por adessoma
 
pgys escribió: pero si lo despiden puedo intentar probar la antigüedad, anque pierda la 24013???
Sí, pero en tal caso solo te queda la multa del art. 1° ley 25323 que, si bien incrementa indemnizaciones en casos de deficiencia registral, lo hace en menor medida.
Saludos.
 #1194870  por ZAMAKUKO
 
Sobre la primer consulta, nada puede limitar la potestad del empleador a echarlo y obviamente mientras mas reclame el trabajador más se va a exponer, las soluciones posibles son las que dieron los colegas, yo en tu lugar se las expondría al cliente y que decida él si prefiere seguir con esa registración deficiente "con menos exposición" no riesgos (que para mi esto último en esa situación está igual siempre) y por otro lado intimar al empleador, gozar de la garantía temporal que dá la ley 24.013 en caso de que el empleador lo desvincule pero al costo inmediato de enfriar, para decirlo de alguna manera, la relación con el empleador.