Hola! Es mi primera consulta. Nunca hice este trámite y necesito hacerlo para que en el Registro de la Propiedad de La Plata se registre la titularidad del 100% del inmueble de mi cliente, según la presentación conjunta que hizo con su ex cónyuge al tramitar el divorcio en 1992. Se dictó sentencia ese año y se homologó el acuerdo. El inmueble está en La Plata.
Perdonen la ignorancia:
¿Debo presentarme solicitando se desparalice y después solicitar que expidan testimonio para diligenciar con un oficio al RPI?
¿ O debo confeccionar el testimonio según los formularios vigentes y el oficio y dejar a confronte?
Estuve leyendo en la web del RPI que deben presentarse conforme a los formularios vigentes.
¿Y en Arba, tengo que visar? O no es necesario tributar sino los aranceles del RPI?
Muchas gracias por ayudarme, desde ya.
Perdonen la ignorancia:
¿Debo presentarme solicitando se desparalice y después solicitar que expidan testimonio para diligenciar con un oficio al RPI?
¿ O debo confeccionar el testimonio según los formularios vigentes y el oficio y dejar a confronte?
Estuve leyendo en la web del RPI que deben presentarse conforme a los formularios vigentes.
¿Y en Arba, tengo que visar? O no es necesario tributar sino los aranceles del RPI?
Muchas gracias por ayudarme, desde ya.