Duda.
Trabajador que recientemente obtuvo el beneficio de su jubilación (ya está cobrando). La empresa NUNCA lo intimó para que inicie los trámites de su jubilación ni le entregó la documentación a tal fin. El trabajador continúa trabajando en la empresa. La pregunta acá: qué sucede si la empresa no lo intimó a jubilarse, por más que ahora ya le haya salido la jubilación y continúa trabajando allí? Existe alguna posibilidad de reclamo al respecto por parte del trabajador?
Por otro lado, durante todo el transcurso de la relación laboral existieron irregularidades laborales (horas extras pagas en negro, deficiencias salariales por estar mal categorizado y una fecha de ingreso posterior a la real que figura en sus recibos).
La consulta es: se puede considerar despedido el día de mañana por aquellas deficiencias laborales ? de ser posible, qué período aplica para considerar su antiguedad? todo el tiempo prestado desde el primer día de trabajo, o sólo el tiempo posterior a su jubilación?
Tengo entendido que el estado de pasividad o “cese” de la relación laboral se opera con la obtención del beneficio previsional aún cuando el trabajador preste servicios, pero quiero ver otras opiniones.
Trabajador que recientemente obtuvo el beneficio de su jubilación (ya está cobrando). La empresa NUNCA lo intimó para que inicie los trámites de su jubilación ni le entregó la documentación a tal fin. El trabajador continúa trabajando en la empresa. La pregunta acá: qué sucede si la empresa no lo intimó a jubilarse, por más que ahora ya le haya salido la jubilación y continúa trabajando allí? Existe alguna posibilidad de reclamo al respecto por parte del trabajador?
Por otro lado, durante todo el transcurso de la relación laboral existieron irregularidades laborales (horas extras pagas en negro, deficiencias salariales por estar mal categorizado y una fecha de ingreso posterior a la real que figura en sus recibos).
La consulta es: se puede considerar despedido el día de mañana por aquellas deficiencias laborales ? de ser posible, qué período aplica para considerar su antiguedad? todo el tiempo prestado desde el primer día de trabajo, o sólo el tiempo posterior a su jubilación?
Tengo entendido que el estado de pasividad o “cese” de la relación laboral se opera con la obtención del beneficio previsional aún cuando el trabajador preste servicios, pero quiero ver otras opiniones.