Hola colegas!!!!! No soy de hacer mucho dcho. administrativo PERO este caso es especial, mi cliente pertenecía a planta permanente de la Muni de Matanza, sufrió un pico de presión en 09/2008 presentando un cuadro de sudoración profusa asociada a malestar gral.
El tema es que lo despediden sin causa de nada, solo en forma verbal, no hubo intercambio telegráfico, ni liquidación final, no se hizo la denuncia a la ART, o sea...
Mi pregunta es: inicio intercambio telegráfico, no por la LCT, sino por la que correspondería a empleados públicos municipales creo que es la 11.643 o algo parecido, no? Aplico los plazos del procedimiento administrativo de la 19.549? Realizo la denuncia extemporánea a la ART o ya no puedo? Tengo que agotar la vía administrativa si o si?
Me dan un par de manos con esto por favor!!!
Se los agradezco muchísimo y les deseo un muy buen fin de semana.
Klaudia.
El tema es que lo despediden sin causa de nada, solo en forma verbal, no hubo intercambio telegráfico, ni liquidación final, no se hizo la denuncia a la ART, o sea...
Mi pregunta es: inicio intercambio telegráfico, no por la LCT, sino por la que correspondería a empleados públicos municipales creo que es la 11.643 o algo parecido, no? Aplico los plazos del procedimiento administrativo de la 19.549? Realizo la denuncia extemporánea a la ART o ya no puedo? Tengo que agotar la vía administrativa si o si?
Me dan un par de manos con esto por favor!!!
Se los agradezco muchísimo y les deseo un muy buen fin de semana.
Klaudia.
"Lo esencial es invisible a los ojos"