Buenos días Colegas. Les consulto porque estoy bastante perdido... en un sucesorio que tramito el Juzgado ha ordenado:"que proceda a la inscripción de la declaratoria de herederos del presente universal, en relación al bien inmueble ..........previa verificación por parte del Registro de la Propiedad Inmueble correspondiente de que la titularidad de dicho inmueble se encuentre a nombre del causante de este proceso sucesorio ........... de que el referido bien se encuentre libre de todo tipo de cautelares y/o gravámenes, y de que los herederos declarados en autos no estén inhibidos para disponer de sus bienes, no debiendo cumplimentarse con la inscripción dispuesta en caso de que se constate la ausencia de alguna de estas circunstancias"
La consulta es: si presento el Oficio (y testimonio, estado parcelario, libre deuda, etc) en el Registro de la Propiedad de La Plata no creo que el Registro verifique todos esos requisitos y seguramente el tramite quedará parado?
Tendre que producir toda esa documental yo o directamente pedir al Juzgado que reformule la Resolucion y elimine esos requisitos (cosa MUY dificil)?
Cordiales saludos
La consulta es: si presento el Oficio (y testimonio, estado parcelario, libre deuda, etc) en el Registro de la Propiedad de La Plata no creo que el Registro verifique todos esos requisitos y seguramente el tramite quedará parado?
Tendre que producir toda esa documental yo o directamente pedir al Juzgado que reformule la Resolucion y elimine esos requisitos (cosa MUY dificil)?
Cordiales saludos