Buenas noches, pregunto: para notificarse una parte que actúa con abogado patrocinante, es suficiente que firme el traslado en el expediente mediante notificación en el expediente el abogado patrocinante? o debe notificarse personalmente la parte?
En el caso que fuera abogado apoderado, no cabe duda que la notificación personal del abogado en el expediente es suficiente para considerarse corrido el traslado a la parte, pero me surge la duda en el caso del abogado patrocinante, gracias.
En el caso que fuera abogado apoderado, no cabe duda que la notificación personal del abogado en el expediente es suficiente para considerarse corrido el traslado a la parte, pero me surge la duda en el caso del abogado patrocinante, gracias.