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  • terceria de dominio

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 #1195896  por rodolfo34
 
hola colegas, tengo una duda, en un juicio de cobro ejecutivo, embargue un automotor registralmente a nombre del demandado, pero existe una denuncia de venta anterior a la fecha del embargo, mi pregunta es.. el adquirente de ese automotor lograra levantar el embargo por una terceria de dominio? antes de pedir el secuestro del automotor, me conviene pedir una sustitucion de embargo por uno de bienes muebles?
 #1195909  por legalescom
 
La tercería de dominio, no puede prosperar, si el automotor sigue a nombre del embargado.
 #1195912  por legalescom
 
O, deberá dar una caución más que suficiente, en los términos de la ley de prenda:

Art. 38. — No se admitirá tercerías de dominio ni de mejor derecho en el trámite de la ejecución prendaria, salvo la del propietario de los objetos prendados en el momento de su constitución, la del comprador de buena fe del artículo 41 y del acreedor privilegiado del artículo 42, quienes deberá otorgan una caución bastante para que se suspenda el juicio o la entrega de fondos.
 #1195991  por rodolfo34
 
muchas gracias por tu respuesta.... no se trata de una ejecucion prendaria, sino una de pagare, como asi tambien, vi que existe un fallo de la CSJN que hace lugar a la terceria de mejor derecho https://www.pjn.gob.ar/Publicaciones/00008/00057822.Pdf, mi pregunta es si puedo cambiar el embargo del automotor por uno de bienes muebles?
 #1196019  por legalescom
 
Está bien, pero no es un fallo de la CSJN, sino de la Sala 2, de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata