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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1196499  por solmartina2016
 
hola salió un proveído q dice lo siguiente...tienese a la petición ate por presentada con el nuevo patrocinio letrado y por constituido el nuevo domicilio procesal en el lugar indicado así como el eléctrico (art 40 del cpcc) notifíquese...
A q se refiere?? A quien se notifica?
Leyendo el escrito presentado no se puso el domicilio real.. será eso??
Es un divorcio muyyy viejo lo sacamos de archivo para hacer la inscripción
Espero su ayuda!!! Mil graciasss
 #1196504  por patrysalas
 
es un divorcio seguramente hay otra parte ..ahi debes notificar ese auto ( y casi seguro el de sacar de paralizado...)

nada mas q eso...
 #1196505  por solmartina2016
 
patrysalas escribió:es un divorcio seguramente hay otra parte ..ahi debes notificar ese auto ( y casi seguro el de sacar de paralizado...)

nada mas q eso...
Si ya se notificó la puesta en letra.
Graciasss
 #1196506  por Pedro1988
 
Indica que está cumplimentado lo dispuesto en el art. 40 ( Toda persona que litigue por su propio derecho o en representación de tercero deberá constituir domicilio legal dentro del perímetro de la ciudad que sea asiento del respectivo juzgado o tribunal.) ahora tenés que notificar a la contraria ese proveído.