Estimados,
Necesito vuestra ayuda ya que me esta corriendo el plazo para apelar la sentencia definitiva de un accidente.
En principio había decidido no apelar el monto de la sentencia hasta que vi que me regularon el 14% de honorarios sobre el capital+80% de intereses!!
Mi pregunta es: Si yo apelo EXCLUSIVAMENTE los honorarios, puedo cobrar el capital de sentencia? o se concede con efecto suspensivo?
Respecto al monto de la sentencia, note estos puntos:
1) Aplica método de la incapacidad restante.
2) No aplica Art 3 26.773 (20%)
3) Incapacidad mayor al 50%. El pago unicodebiera actualizarse con RIPTE? (fallo Esposito) Como seria esa actualizacion??
Bueno, agradezco comentarios al respecto (sobre todo o parte aunque sea!!).
Gracias
Necesito vuestra ayuda ya que me esta corriendo el plazo para apelar la sentencia definitiva de un accidente.
En principio había decidido no apelar el monto de la sentencia hasta que vi que me regularon el 14% de honorarios sobre el capital+80% de intereses!!
Mi pregunta es: Si yo apelo EXCLUSIVAMENTE los honorarios, puedo cobrar el capital de sentencia? o se concede con efecto suspensivo?
Respecto al monto de la sentencia, note estos puntos:
1) Aplica método de la incapacidad restante.
2) No aplica Art 3 26.773 (20%)
3) Incapacidad mayor al 50%. El pago unicodebiera actualizarse con RIPTE? (fallo Esposito) Como seria esa actualizacion??
Bueno, agradezco comentarios al respecto (sobre todo o parte aunque sea!!).
Gracias