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  • PRESCRIPCION: CC vs. CCyCN

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 #1197603  por abogadoderecho
 
Buenas tardes colegas,

Tengo un tema bastante complejo (para mí), es sobre prescripción.
Muere una persona en junio de 2015, inicio la demanda por ds y ps el mes pasado.-
La causa penal termino con una probation en diciembre-2017, no hubo querella ni actor civil.

A lo que es el encuadre jurídico del hecho, aplique el CC (A igual solución se llegaría aplicando el CCyCN...)

Pueden plantear la prescripción del hecho?
Yo entiendo que por el art. 7 CCyCN, aplica la ley inmediata "aun" a las consecuencias... O sea, la relación juridica se inicia con la demanda, no con el hecho fatal.

Algún máster por ahí que me ilumine,
Gracias.
 #1197618  por legalescom
 
La prescripción se computa, a partir del hecho dañoso, en tu caso, sería la fecha de la muerte, se aplica el cód. civil derogado, conforme el art. 7 del Cód. Civ. y Comercial, por lo que deberías hacer valer, en su tiempo, el plazo prescriptivo de 3 años de la ley de defensa al consumidor.