Hola gente... les comento que tenemos un caso donde ya existe una sentencia de monitorio de ejecución fiscal de Viedma Rio Negro por una multa respecto a carne (multa de hace 3 años) justamente por el paso de los 3 años es que hoy se encuentra esta persona con un plazo de 11 días para pagar o interponer excepciones.
No encuadran en este caso ninguna de las excepciones para poder interponer por lo tanto el cliente debería responder por el monto que se fija en la sentencia sino lo ejecutarían por dicha suma.
Nuestra duda es saber si se debe hacer el deposito en una cuenta judicial? libramos oficio al Banco para abrir la misma?nos presentamos como patrocinantes?hay que constituir domicilio en Viedma o podríamos hacerlo mediante un diligenciamiento de algún colega de allí?
Bueno espero sus prontas respuestas! Gracias!!!
No encuadran en este caso ninguna de las excepciones para poder interponer por lo tanto el cliente debería responder por el monto que se fija en la sentencia sino lo ejecutarían por dicha suma.
Nuestra duda es saber si se debe hacer el deposito en una cuenta judicial? libramos oficio al Banco para abrir la misma?nos presentamos como patrocinantes?hay que constituir domicilio en Viedma o podríamos hacerlo mediante un diligenciamiento de algún colega de allí?
Bueno espero sus prontas respuestas! Gracias!!!