Hola! Tengo un cliente (empleador) que recibio este telegrama de un ex empleado, que hace un año lo despidieron, y se le pago todo lo que correspondia!! Todo en regla! Es ELECTRICISTA DE OBRAS (OFICIAL ELECTRICISTA). Se rige por el CCT de la construccion. Nunca tuvo un accidente laboral!
AYER MANDO ESTE TELEGRAMA:
HOLA!
UN CLIENTE (ELECTRICISTA RECIBIO ESTE TELEGRAMA. MEDIO RARO!!! NUNCA EL EMPLEADO SUFRIO UN ACCIDENTE TRABAJANDO AHI... ES MENTIRA!
EL TELEGRAMA DICE:
"SIENDO QUE A LA FECHA NO HE SIDO CITADO DE LA ART POR EL ACCIDENTE DE TRABAJO QUE SUFRIERA CON FECHA 08/04/2009 A LAS 14 HS EN LA OBRA SITA EN LA CALLE 130 ENTRE CALLES 16 Y 17 BERAZATEGUI, EN LA QUE BAJANDO POR LA ESCALERA DE OBRA TROPIEZO GENERANDOME TRAUMATISMO DE PIE DERECHO, EL QUE A LA FECHA ME SIGUE GENERANDO IMPOSIBILIDAD DE TRABAJAR, INTIMO PLAZO 48 HS DENUNCIE LOS DATOS DE LA CORRESPONDIENTE ART CON LA QUE SUSCRIBIO LA COBERTURA DE LA LEY 25.557 Y EL NUMERO DE SINIESTRO, ASI COMO LA COMPANIA DE SEGUROS DONDE SUSCRIBIO EL PERTINENTE SEGURO DE VIDA OBLIGATORIO PREVISTO POR EL DECRETO 1567/74, TODO ELLO BAJO APERCIBIMIENT DE INICIAR ACCIONES JUDICIALES POR LA INCAPACIDAD SOBREVINIENTE CONTRA SU PERSONA.
ASIMISMO, SIENDO QUE HE SIDO DESPEDIDO CON FECHA 28/04/2009 MEDIANTE TELEGRAMA INCAUSADO, INTIMO PLAZO 48 HS ABONE INDEMNIZACION POR DESPIDO EN LOS TERMINOS DEL ART. 245, 231 Y 232 DE LA LCT Y ENTREGUE CERTIFICACION DE SERVICIOS Y APORTES DEL ART. 80 DE LA LCT, BAJO APERCIBIMIENTO DE INICIAR LAS ACCIONES JUDICIALES TENDIENTES AL COBRO.
EN IGUAL PLAZO INTIMO ABONE LAS DIFERENCIAS DE REMUNERACIONES CORRESPONDIENTES A MI EFECTIVA CATEGORIA LABORAL, ENCARGADO, Y NO “OFICIAL”, ASI COMO LA ANTIGÜEDAD JAMAS ABONADA Y DEMAS RUBROS REMUNERATIVOS QUE HASTA LA FECHA ME ADEUDA, ASI COMO PRENATAL Y ASIGNACION POR HIJO Y FAMILIA NUMEROSA, BAJO APERCIBIMIENTO DE INICIAR ACCIONES JUDICIALES.
QUE HAGOOOO????
EL EMPLEADOR CUMPLIO CON TODO SEGÚN LA LEY DE LA CONSTRUCCION!! SE HIZO TODO SEGÚN LA LEY!!
AYER MANDO ESTE TELEGRAMA:
HOLA!
UN CLIENTE (ELECTRICISTA RECIBIO ESTE TELEGRAMA. MEDIO RARO!!! NUNCA EL EMPLEADO SUFRIO UN ACCIDENTE TRABAJANDO AHI... ES MENTIRA!
EL TELEGRAMA DICE:
"SIENDO QUE A LA FECHA NO HE SIDO CITADO DE LA ART POR EL ACCIDENTE DE TRABAJO QUE SUFRIERA CON FECHA 08/04/2009 A LAS 14 HS EN LA OBRA SITA EN LA CALLE 130 ENTRE CALLES 16 Y 17 BERAZATEGUI, EN LA QUE BAJANDO POR LA ESCALERA DE OBRA TROPIEZO GENERANDOME TRAUMATISMO DE PIE DERECHO, EL QUE A LA FECHA ME SIGUE GENERANDO IMPOSIBILIDAD DE TRABAJAR, INTIMO PLAZO 48 HS DENUNCIE LOS DATOS DE LA CORRESPONDIENTE ART CON LA QUE SUSCRIBIO LA COBERTURA DE LA LEY 25.557 Y EL NUMERO DE SINIESTRO, ASI COMO LA COMPANIA DE SEGUROS DONDE SUSCRIBIO EL PERTINENTE SEGURO DE VIDA OBLIGATORIO PREVISTO POR EL DECRETO 1567/74, TODO ELLO BAJO APERCIBIMIENT DE INICIAR ACCIONES JUDICIALES POR LA INCAPACIDAD SOBREVINIENTE CONTRA SU PERSONA.
ASIMISMO, SIENDO QUE HE SIDO DESPEDIDO CON FECHA 28/04/2009 MEDIANTE TELEGRAMA INCAUSADO, INTIMO PLAZO 48 HS ABONE INDEMNIZACION POR DESPIDO EN LOS TERMINOS DEL ART. 245, 231 Y 232 DE LA LCT Y ENTREGUE CERTIFICACION DE SERVICIOS Y APORTES DEL ART. 80 DE LA LCT, BAJO APERCIBIMIENTO DE INICIAR LAS ACCIONES JUDICIALES TENDIENTES AL COBRO.
EN IGUAL PLAZO INTIMO ABONE LAS DIFERENCIAS DE REMUNERACIONES CORRESPONDIENTES A MI EFECTIVA CATEGORIA LABORAL, ENCARGADO, Y NO “OFICIAL”, ASI COMO LA ANTIGÜEDAD JAMAS ABONADA Y DEMAS RUBROS REMUNERATIVOS QUE HASTA LA FECHA ME ADEUDA, ASI COMO PRENATAL Y ASIGNACION POR HIJO Y FAMILIA NUMEROSA, BAJO APERCIBIMIENTO DE INICIAR ACCIONES JUDICIALES.
QUE HAGOOOO????
EL EMPLEADOR CUMPLIO CON TODO SEGÚN LA LEY DE LA CONSTRUCCION!! SE HIZO TODO SEGÚN LA LEY!!