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 #1197905  por Iusgus2013
 
Buenas colegas. Una consulta: Juicios de ds y perjuicios por accidente de transito. Voy por la actora. Sentencia favorable. La citada en garantia apelo.
Alguien podria ser tan amable y explicarme como es el procedimiento de la apelacion? Mas que nada me refiero a lo practico. Cuanto tiempo se demorará?
Es mi primer apelacion. Agradeceria sus aportes! Desde ya, mil gracias!!
 #1198486  por SCART
 
Hola, deberías contestar esa apelación, así cuando se va a la Cámara te regulan honorarios.
Vas a poder cobrar honorarios de primera y segunda instancia , si la sala confirma la sentencia de primera.
El tiempo depende de la sala que te toque y que tan complejo sea le tema, pero puede estar 3 meses en Cámara.

Saludos.
 #1198532  por Iusgus2013
 
SCART escribió: Jue, 19 Abr 2018, 23:55 Hola, deberías contestar esa apelación, así cuando se va a la Cámara te regulan honorarios.
Vas a poder cobrar honorarios de primera y segunda instancia , si la sala confirma la sentencia de primera.
El tiempo depende de la sala que te toque y que tan complejo sea le tema, pero puede estar 3 meses en Cámara.

Saludos.

Muchas gracias por tu respuesta. Una ultima consulta: el escrito de apelacion que presento la otra parte en el juzgado expresa lo siguiente: " que atento al estado de autos, vengo en legal tiempo y forma a apelar la sentencia dictada en autos en fecha xxxxxxxx, por causarle un gravamen irreparable a mis mandantes.
Quiera V.S. conceder el recurso interpuesto y ordenar, oportunamente, la elevación de las actuaciones a la Excma. Cámara del Fuero en la forma de estilo. Proveer de conformidad"

A posterior se le concedio libremente el recurso de apelacion.

Lo que entiendo es que debo apelar este escrito que se presento ante el Juzgado?? A esta simple manifestacion?
O cuando exprese agravios en Camara???
 #1198537  por Antonela88
 
Buenas tardes.
Te contesto desde Rosario y espero que te sirva la respuesta.

Una vez que el juzgado hace lugar a lo pedido por la citada en garantía, tienes q notificarte de esa resolución (vos y todas las partes del juicio). Una vez q estén todos notificados: Acompañas las cédulas de notificación con mas la Foja 0 de 2° instancia para que la firme el Juzgado y solicitas que se eleven los autos a la cámara.-

Saludos, buen finde
 #1198539  por Iusgus2013
 
Antonela88 escribió: Vie, 20 Abr 2018, 15:25 Buenas tardes.
Te contesto desde Rosario y espero que te sirva la respuesta.

Una vez que el juzgado hace lugar a lo pedido por la citada en garantía, tienes q notificarte de esa resolución (vos y todas las partes del juicio). Una vez q estén todos notificados: Acompañas las cédulas de notificación con mas la Foja 0 de 2° instancia para que la firme el Juzgado y solicitas que se eleven los autos a la cámara.-

Saludos, buen finde

Muchas gracias por tu respuesta Antonela. Entiendo por lo que decis, debo notificarme en el libro de notas. Que debo poner al respecto? (perdon si es burda la pregunta pero es mi primer apelacion). Yo voy por la parte actora, aclaro. La que apelo fue la citada. Ellos deben confeccionar la cedula?
 #1198733  por SCART
 
Debieron notificarte por cédula, ya sea papel o electrónica, no se en que jurisdicción litigas. Si es capital y tenes el domicilio electrónico constituido debieron notificarte por cédula electrónicamente.

Tenes 5 días para apelar desde que te notificaron...

Saludos.
 #1198836  por Iusgus2013
 
SCART escribió: Lun, 23 Abr 2018, 23:39 Debieron notificarte por cédula, ya sea papel o electrónica, no se en que jurisdicción litigas. Si es capital y tenes el domicilio electrónico constituido debieron notificarte por cédula electrónicamente.

Tenes 5 días para apelar desde que te notificaron...

Saludos.

Muchas gracias por la respuesta. Es en Provincia, Morón mas precisamente. Ya pasaron 2 semanas desde que la otra parte presento la apelacion. No me han notificado electronicamente ni por formato papel. Tendre que apersonarme en el Juzgado y consultar. Sinceramente no tengo idea de porqué la demora.
 #1198895  por SCART
 
Si no te llego la cédula pero queres ganar tiempo presenta un escrito, que ME NOTIFICO. APELO.
Lo primero que pones es "en legal tiempo y forme vengo a apelar la sentencia de fecha......" y luego seguís con los fundamentos de tu apelación.
 #1198923  por Antonela88
 
Iusgus2013 escribió: Vie, 20 Abr 2018, 15:48
Antonela88 escribió: Vie, 20 Abr 2018, 15:25 Buenas tardes.
Te contesto desde Rosario y espero que te sirva la respuesta.

Una vez que el juzgado hace lugar a lo pedido por la citada en garantía, tienes q notificarte de esa resolución (vos y todas las partes del juicio). Una vez q estén todos notificados: Acompañas las cédulas de notificación con mas la Foja 0 de 2° instancia para que la firme el Juzgado y solicitas que se eleven los autos a la cámara.-

Saludos, buen finde

Muchas gracias por tu respuesta Antonela. Entiendo por lo que decis, debo notificarme en el libro de notas. Que debo poner al respecto? (perdon si es burda la pregunta pero es mi primer apelacion). Yo voy por la parte actora, aclaro. La que apelo fue la citada. Ellos deben confeccionar la cedula?
Disculpa la demora, no se que es el "libro de notas"

Cuando la demandada presentó la apelación, el juzgado seguramente dicto un decreto aceptando dicha apelación.
Por lo tanto para que quede firme ese decreto, debes notificarte vos y la demandada del mismo.

A la demandada lo notificas mediante una cédula y vos te notificas con un escrito que diga "En el día de la fechas comparece el Dr. **** Se notifica del decreto o resolución de fecha (0/0/) ..."

Una vez firme el decreto, acompañas al juzgado la cédula y la foja 0 para que el juzgado "eleve los autos.

espero q te haya servido la respuesta. Saludos
 #1199003  por Iusgus2013
 
Muchas gracias por tu respuesta Antonela!
Les comento por si alguien pasa una situación similiar: Me acerque al juzgado a consultar respecto la notificacion de la apelacion. Me dicen que no debo notificarme ni ellos tampoco lo hacen. Solo esperan que llegue el informe de la cedula diligenciada a las partes y la citada en garantia respecto la sentencia. Una vez que comprueben que se notificaron a los 3, elevan a Camara. No se notifica. Sinceramente, pense que si lo hacian. Esto es en Provincia. Moron.