Hola colegas, como están? les hago una consulta que me preocupa. Estaríamos por presentar un divorcio por presentación conjunta. Hay una menor. Un auto y un inmueble a construir. Con alimentos, comunicación y cuidado personal esta ok. Ahora, esta bien si presento en el juzgado un acuerdo ademas de todo esto diciendo que ambos bienes (auto y casa cuando se construya) Fulano (a) esta de acuerdo en adjudicárselo 100% a b??? con eso mi cliente (b), esta seguro? Me dijeron que haga eso porque por fuera es mas complicado que el acuerdo tenga validez si el ex (no se llevan bien) luego no va a la escribania para firmar la escritura de adjudicación de bienes....es correcto? lo mas seguro es presentarlo en el acuerdo ante el juez? y es correcto mencionarlo así?: que se va a adjudicar todo a uno solo? Obvio pagara la tasa, pero mientras sea mas seguro....GRACIAS A TODOS!!!
Entiendo que, la liquidación de la sociedad conyugal, procede luego de decretado el divorcio.
Art. 475.- Causas. La comunidad se extingue por:
a. la muerte comprobada o presunta de uno de los cónyuges;
b. la anulación del matrimonio putativo;
c. el divorcio;
d. la separación judicial de bienes;
e. la modificación del régimen matrimonial convenido.