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 #1199193  por SABRIN
 
Buen día.
Les consulto lo siguiente, conteste demanda, trabajo en negro, con planteo de falta de legitimación pasiva, en Pcia. de Bs. As, subsidiariamente conteste demanda.
Se que no esta contemplada en la ley 11.653 la falta de legitimación pasiva como previa, pero es la primera vez que me pasa que me la rechazan, antes de proveer la prueba, el fundamento es que no esta contemplada en la ley 11653 como excepción previa.

Mi duda es si deberia plantear algo, o lo dejo asi, no se me ocurre nada, pienso que de todos modos, dependera de que la actora acredite o no la relacion laboral, que opinan??

Gracias
 #1199202  por MORGAN
 
la ley es muy clara en ese punto. solo pueden plantarse como previas las que la misma contempla. salvo contadísimas excepciones por ejemplo que sea muy notoria la ajenidad al reclamo de la persona demanda. demando a pito martinez y contesta pato martinez. que te la rechacen no quiere decir que no la traten lo van a hacer al dictar sentencia. solo te la rechazaron como tratamiento previo. es muy comun. pero no se plantea como previa es un erro tuyo salvo que haya, como te puse antes, error en la persona etc