Colegas! Tengo la siguiente consulta: En una sucesión, para acreditar un legítimo abono, los herederos son los que quieren acreditarlo, ya que su padre (ahora fallecido) vendió un inmueble y tenemos solo una copia del Boleto sellado; es necesaria también la presentación del comprador? éste no tiene inconveniente pero no está en el país. Porque sino deberían denunciar el bien como integrante del acervo, pero no quieren que figure que están recibiendo un bien que ya no tienen y después venderlo por un precio que tampoco van a recibir. Aguardo sus comentarios. Gracias!