Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • RTI APELADO - PEDIR JUBILACION?

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1199113  por astur
 
Estimados, como lo resolverian:
Mujer, nacida en juli de 1958.
15 años de aportes. (podria comprar los otros 15 años por moratoria 24.476 o 26.970)
En 2014 le dan un RTI que vencio en 2017.
La nueva revisacion medica en 2017, no llego al porcentaje requerido
Se apelo a la Comision Medica Central y ratifico el dictamen de Comision Medica.
Se apelo ante la Camara de Seguridad Social (el expediente aun no llego a Camara, esta remitido).
La consulta es:
Es incierto el resultado de la apelacion, para que reestablezca el beneficio de la RTI.
A pesar de tener la apelacion, puedo comenzar con el tramite de jubilacion ordinaria? por que le faltan 3 meses para cumplir 60 y seguramente la resolucion de la apelacion en Camara, va a tardar mas, con la incertidumbre del resultado.
Que les parece que se puede hacer?
 #1199265  por MARIO1943
 
astur escribió: Vie, 27 Abr 2018, 15:59 Estimados, como lo resolverian:
Mujer, nacida en juli de 1958.
15 años de aportes. (podria comprar los otros 15 años por moratoria 24.476 o 26.970)
En 2014 le dan un RTI que vencio en 2017.
La nueva revisacion medica en 2017, no llego al porcentaje requerido
Se apelo a la Comision Medica Central y ratifico el dictamen de Comision Medica.
Se apelo ante la Camara de Seguridad Social (el expediente aun no llego a Camara, esta remitido).
La consulta es:
Es incierto el resultado de la apelacion, para que reestablezca el beneficio de la RTI.
A pesar de tener la apelacion, puedo comenzar con el tramite de jubilacion ordinaria? por que le faltan 3 meses para cumplir 60 y seguramente la resolucion de la apelacion en Camara, va a tardar mas, con la incertidumbre del resultado.
Que les parece que se puede hacer?
EL TRAMITE JUBILATORIO LO TENES QUE EMPEZAR RECIEN DENTRO DE LOS TRES MESES QUE CUMPLE LO S 60
 #1199266  por astur
 
Ok, comienza el tramite jubilatorio.
que pasa si sale favorable la apelacion del rti?
cobraria todo el retroactivo, desde que fue supendido el pago?
En caso de salir negativo, influiria en algo, el periodo que tiene que comprar de moratoria?
Pregunta adicional: desde que se apelo en la SRT, aun el expediente no llego a Camara, nunca pude seguirlo, sabes si hay alguna forma? Fui a Mesa de entradas de la SRT (donde presente la apelacion) pero no tenian informacion, llame a Mesa de Entradas de Camara de la Seguridad Social, y me dijeron que cuando se cargue, me apareceria en el LEX 100 ¿es asi realmente? o hay algo que podamos hacer para agilizar?
Como siempre, muchas gracias!!!!
 #1199268  por lucky
 
Tendrías que preguntar en la CFSS si lo cargan en el sistema cuando se sortea o cuando lo recibe la Sala sorteada y lo empieza a trabajar.
Porque si es la segunda opción va a tarda en aparecer en el sistema.
Los de la SRT deberían saber dónde está, supongo que tendrán algún libro o constancia con el registro de las remisiones con el sello de recepción de la Cámara.
Mientras ANSES te permite iniciar la jubilación ordinaria sin tener que desistir de la apelación del RTI, lo haría.
En Cámara si bien tratan con prioridad estos temas no deja de ser largo y lento.
 #1199270  por MARIO1943
 
astur escribió: Lun, 30 Abr 2018, 21:04 Ok, comienza el tramite jubilatorio.
que pasa si sale favorable la apelacion del rti?
cobraria todo el retroactivo, desde que fue supendido el pago?

TENDRIA QUE SER ASI, DE LO CONTRARIO , TENDRIAS QUE HACER EL RECLAMO

En caso de salir negativo, influiria en algo, el periodo que tiene que comprar de moratoria?

NO, TENDRIAS QUE PASAR EL SOCIOECONOMICO

Pregunta adicional: desde que se apelo en la SRT, aun el expediente no llego a Camara, nunca pude seguirlo, sabes si hay alguna forma? Fui a Mesa de entradas de la SRT (donde presente la apelacion) pero no tenian informacion, llame a Mesa de Entradas de Camara de la Seguridad Social, y me dijeron que cuando se cargue, me apareceria en el LEX 100 ¿es asi realmente? o hay algo que podamos hacer para agilizar?

EL SEGUIMIENTO HACELO EN ESTA PAGINA
https://www.srt.gob.ar/index.php/consul ... entes-srt/