Hola a todos: en un juicio de desalojo en Pcia de Bs. As., en dónde me ordenaron Mandamiento de Constatación y Entrega Provisoria de la Tenencia del Inmueble, tuve que solicitar Mandamiento Ampliatorio porque en el Mandamiento que habia hecho originalmente no pedí "allanar domicilio en caso que el inmueble presente signo de desocupación (art. 215 del Acuerdo 3397 de la SCJPBA)".
Mi consulta concreta es, una vez ordenado, lo hago nuevamente con leyenda "Mandamiento Ampliatorio" y en este mandamiento transcribo solo las nuevas facultades otorgadas?
Mi consulta concreta es, una vez ordenado, lo hago nuevamente con leyenda "Mandamiento Ampliatorio" y en este mandamiento transcribo solo las nuevas facultades otorgadas?