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  • COMO SACAR LA VALUACIÓN FISCAL POR IMPUESTO AL ACTO

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 #1197555  por msal
 
EN UN SUCESORIO ME PIDEN QUE ADEMÁS DE LA VALUACIÓN NORMAL DEL INMUEBLE, ADJUNTE LA VALUACIÓN FISCAL POR IMPUESTO AL ACTO. ALGUIEN SABE COMO SACARLA? VOY A LA PAGINA DE ARBA Y NO ENCUENTRO DONDE. GCIAS
 #1197579  por abogado_1987
 
Hola, tené presente que > "... Allí ARBA claramente estableció que, tratándose de inmuebles urbanos (como en el caso, ver f.77), la “valuación fiscal final” o la “valuación fiscal para impuesto al acto” (que resulta de multiplicar la “valuación fiscal” por un coeficiente corrector igual a 2,56), sólo es aplicable para el impuesto de sellos y para el impuesto a la transmisión gratuita de bienes, pero no para el pago de la “tasa de justicia”, para cuyo cálculo debe emplearse la (más reducida, porque no está multiplicada por el coeficiente corrector) “valuación fiscal”..."

http://blogs.scba.gov.ar/camaraciviltre ... /13-03-12/
 #1197581  por msal
 
Gcias abogado1987. Es que no me lo piden a los fines de pagar el impuesto de sellos, sino a los fines de la regulacion de honorarios. si no lo adjunto, ya me adelantaron que me sacarían un previo que lo ordenaría. El tema es que no encuentro en la pagina de arba, donde está. Como siempre, muchas gcias por responder. Slds
 #1197582  por legalescom
 
En el mismo formulario, que extiende ARBA, vienen las dos valuaciones, la fiscal y la del impuesto al acto. Seguro que, en la que presentaste, te viene así y, el Juzgado, ahora, pretendería que le adjuntes la valuación del impuesto al acto, de este año, que va a ser un fangote.
 #1200046  por silfide7
 
Hola MSAL, estoy con un caso similar en Morón. No me regulan si no acredito la valuación fiscal para el impuesto al acto que según me dijo mi gestora ya no existe a partir de la Ley Fiscal 2018. Lo expliqué por escrito pero insisten en ello. Pudiste resolverlo?
Desde ya muchas gracias
Susana
 #1200077  por msal
 
Hola, si yo presente un escrito diciendo q el impuesto al acto ya no existe mas,s y adjunte una valuacion q saque de la pagina de arba en donde constan la valuacion vieja y la nueva. Con eso me tuvieron por cumplido el previo q me habian dictado. Si no lo encontras en la pagina de arba avisame y lo busco y te lo mando. No obstante habla con el q despacha y decile q en la ley fiscal del 2018 ya no existe el impuesto al acto. Solo rigió hasta dic 2017. Slds y suerte.
 #1200109  por msal
 
Acá les copio el link donde pueden sacar las dos valuaciones del inmueble. La del año 2017 pre revalúo y donde si estaba vigente el impuesto al acto, y la posterior al revalúo, que dejó sin efecto el impuesto al acto (que es la valuación del año 2018) que es la que necesita el juzgado para regular honorarios y fijar la tasa de justicia.

http://www4.arba.gov.ar/Informacion/con ... sInitSI.do

Suerte y slds
 #1200127  por msal
 
En rigor de verdad, el impuesto al acto dejó de aplicarse cuando se revaluaron las propiedades a principio de este año. Ese revalúo hizo que las propiedades aumenten muchísimo. Slds