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  • SUCESION. DEUDA. RECLAMO A HEREDERO!

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 #1198572  por Iusgus2013
 
Buenas colegas. Consulta: Un inmueble. Varios herederos (7 hermanos). En la casa habita, el hijo de un futuro heredero. La cuestion es que uno de los hermanos tiene una deuda y el acreedor fue a la casa donde habita el sobrino y le dijo que va a iniciar un embargo. Entiendo que esto no es posible, no deberia estando abierta la sucesion, presentarse como acreedor? No seria mas facil iniciar una accion civil para el cobro de la deuda? Con respecto a la sucesion nunca se abrio.
La persona que habita, queria abonar ese dinero que debe su tia y quedarse con esa parte de la herencia. Siempre y cuando le firme un documento (entiendo que seria cesion de derechos hereditarios, es asi?)
Desde ya, mil gracias a todos!
 #1198605  por josefernandez
 
no ni ahi.- si quiere pagar que pague en todo caso tendrá la acción de repeticion o de enriquecimiento sin causa, pensando mientras te contesto. abria que estudiar un poquito el tema en relacion a al deuda
 #1198607  por alejandra26
 
Hola el acreedor para cobrar puede iniciar la sucesión o una vez abierta trabar embargo...tendría que negociar el tema entre todos los herederos xq la deduda hasta que se judicialice genera intereses...Igual puede iniciar el tramite judicial y una vez abierta pedir que se acumule en virtud del fuero de atracción...Saludos
 #1199278  por AbogadoJoven
 
para mi el acreedor no tiene legitimacion para iniciar la sucesion, y mientras no se inicia no puede intimar al heredero a aceptarla. yo iria por las normas del condominio,q existen desde la muerte del causante art 1989 y embargar la porcion q le corresponda.
 #1199331  por Iusgus2013
 
AbogadoJoven escribió: Mar, 01 May 2018, 00:56 para mi el acreedor no tiene legitimacion para iniciar la sucesion, y mientras no se inicia no puede intimar al heredero a aceptarla. yo iria por las normas del condominio,q existen desde la muerte del causante art 1989 y embargar la porcion q le corresponda.
Gracias por la respuesta! Crees que es lo más logico realizarlo asi? Sinceramente entiendo que el acreedor podria iniciarla.