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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1151152  por MGS
 
Hola a todos! Tengo una duda y necesito que alguien me oriente. Le fijaron a mi cliente el 25% de su sueldo en concepto de alimentos provisorios a favor de su hija, el tema es que tiene 3 hijos más con su actual esposa y su sueldo es $20.000. Voy a apelar la resolución pero no se si apelo y fundo en el mismo escrito, o apelo y espero que el juez me conceda el recurso y recién ahí lo fundo. Gracias.
 #1151400  por ccolalongo
 
El argumento de que tiene esposa y otros hijos no es válido, un padre tiene que procurarse ingresos para alimentar a todos sus hijos. Tal vez puedan ver los gastos de esa menor, pero el argumentos de "hijos nuevos" te van a sacar corriendo.
 #1151415  por MGS
 
Me voy a basar en un fallo que ordenaron la reducción de la cuota alimentaria teniendo en cuenta que el demandado tiene nuevos hijos que alimentar con su nueva pareja.
 #1151424  por ccolalongo
 
MGS escribió:Me voy a basar en un fallo que ordenaron la reducción de la cuota alimentaria teniendo en cuenta que el demandado tiene nuevos hijos que alimentar con su nueva pareja.
Mira que no todos fallan igual, con ese criterio se llenan de hijos total asi van reduciendo cuotas a los anteriores, todos tienen derecho a ser alimentados por igual:

"Si el alimentante ha formado una nueva familia legalmente constituida, ello de por sí implica la necesidad de afrontar nuevos gastos y obligaciones; y si bien la nueva situación familiar del obligado y el nacimiento de nuevos hijos no puede alegarse en desmedro de los deberes legalmente establecidos en una anterior relación familiar habida voluntariamente, ello no puede llevarse al extremo de ignorar la innegable gravitación negativa que se produce en el desenvolvimiento económico de quién paga los alimentos, o lo disvalioso o injusto que puede resultar si se establecen órdenes de prioridades entre hijos legítimos de distintos matrimonios."
CC0201 LP 94946 RSI-193-1 I 28-9-1
B., D. H. s/ Inc. de reducción de cuota alimentaria
MAG. VOTANTES: Sosa-Marroco

"Cuando el progenitor no es hombre de fortuna la cuota debe adecuarse a los efectos de permitirle al alimentante cubrir las necesidades de su nuevo hogar y las de los hijos que ha tenido con posterioridad a la fijación de la cuota bajo examen. Las posiciones procesales hoy vigentes propician, sobre todo en ámbitos que comprometen intereses de terceros, la carga dinámica de la prueba.
Es sabido que, en general, cuanto más crece un niño mayores gastos insume, pero el ônivel de vidaö de los hijos abarca a todos y a cada uno de ellos. Cuando se hace referencia al ônivel de vidaö, esta pauta, contenida en los arts. 265, 1.300 del Código Civil y en la normativa de jerarquía constitucional alude a la condición y fortuna de ambos progenitores de los hijos.
Las condiciones en las que se desenvuelven los menores nacidos de diferentes uniones pueden no ser idénticas puesto que la pauta diferencial podría derivar de la condición y fortuna del otro progenitor también obligado.
Se trata de fijar una cuota idéntica para los distintos hijos y que debe atenderse a distintas circunstancias, entre ellas la edad; pero como fundamento central, es de lograr un equilibrio por medio de la cuota para que las necesidades de todos los alimentistas resulten satisfechas.
La mejor capacidad económica de uno de los progenitores no habilita al otro a eximirse de su responsabilidad, pero tampoco es menos cierto que debe afrontarla conforme a su actual condición y fortuna, y sin que ello signifique un perjuicio de los nuevos hijos, cuyo interés ôcomo menoresö no puede ser soslayado."
Id. del fallo: 98160294 - Fecha: 18/05/2000 - Tribunal: CAMARA DE FAMILIA 1A NOM. - Fuero: FAMILIA - Tipo de proceso: Auto Interlocutorio - Carátula: V.R.A. C/M.L.T. S/Régimen de visitas û Alimentos û Recurso de apelación - Firmantes: Sin Datos - Referencias normativas: CCIV 265 0 // CCIV 13 0

"El nacimiento de nuevos hijos impone al alimentante mayores requerimientos económicos que hacen razonable una reducción de la carga que ya soporta con relación a los anteriores, en una medida que permita conciliar equitativamente sus deberes paternales con relación a unos y otros; tal reducción debe materializarse en la medida que no altere sustancialmente la satisfacción de los requerimientos alimentarios originales.-"
CC0100 SN 991894 RSI-125-99 I 6-4-99
N. de D. G. L. c/ D. F. A. s/ Alimentos y Régimen de visitas
MAG. VOTANTES: Maggi-Rivero de Knezovich
y devuelta en:
CC0100 SN 3947 RSI-357-1 I 17-5-1
Q. M. E. y G. E. J. s/ Separación personal, disolución sociedad conyugal, tenencia hijos y alimentos
MAG. VOTANTES: Telechea-Rivero de Knezovich-Porthé
y otra vez en:
CC0201 LP 94946 RSI-193-1 I 28-9-1
B., D. H. s/ Inc. de reducción de cuota alimentaria
MAG. VOTANTES: Sosa-Marroco
 #1151478  por DRA. MACA
 
MGS escribió:Hola a todos! Tengo una duda y necesito que alguien me oriente. Le fijaron a mi cliente el 25% de su sueldo en concepto de alimentos provisorios a favor de su hija, el tema es que tiene 3 hijos más con su actual esposa y su sueldo es $20.000. Voy a apelar la resolución pero no se si apelo y fundo en el mismo escrito, o apelo y espero que el juez me conceda el recurso y recién ahí lo fundo. Gracias.
Adhiero la opinión del colega, la jurisprudencia mayoritaria indica todo lo contrario de lo que pensás, si quiere puede tener un millon de hijos, eso no quiere decir que le de menos al resto, esto no es "los nuevos desplazan a los viejos" está perfecto el 25%, es lo que se viene fijando. Y si no le alcanza que se consiga otro trabajo y deje de tener hijos que no puede mantener. Los menores no pidieron venir a este mundo, asi que ahora que se la aguante.

Triste que vos avales eso, pero es como todo, hay profesionales buenos, y otros como vos.
 #1151495  por MGS
 
Gracias por tu aporte ccolalongo. Exacto, todos los hijos tienen derecho a ser alimentados por igual, y en este caso, se beneficiaría a uno en detrimento de los demás.
Dra. Maca, triste es tu comentario. Sabes lo que es litigar?? No se trata de lo que yo avale o no, se trata de cumplir con mi trabajo defendiendo a un cliente, sino sabés qué? hubiera estudiado para maestra jardinera.
 #1151538  por ccolalongo
 
No dejes de avisarle a tu cliente para cubrirte vos que puede perder, no todos van a fallar igual y que tranquilamente lo pueden mandar a conseguir otro trabajo para alimentar a todos sus hijos, si en todos lados esta claro que "hijo nuevo no desplaza hijo viejo".
MGS escribió:Gracias por tu aporte ccolalongo. Exacto, todos los hijos tienen derecho a ser alimentados por igual, y en este caso, se beneficiaría a uno en detrimento de los demás.
Dra. Maca, triste es tu comentario. Sabes lo que es litigar?? No se trata de lo que yo avale o no, se trata de cumplir con mi trabajo defendiendo a un cliente, sino sabés qué? hubiera estudiado para maestra jardinera.
 #1151543  por MGS
 
Si, le dije que era dificil bajar ese porcentaje.Si tuviera un buen sueldo ni me molesto en apelar, pero en su situación es complicado. Gracias!
 #1195201  por may
 
hola! al final se apela y se fundamenta alli o se apela y se fundamenta luego? gracias
otra cosa... tengo un cliente que me vino a consultar, tiene dos hijos con su ex que le abrio un expediente de violencia para excluirlo del hogar, y luego como ella dijo en el expte que el padre gana 60.000... le pusieron provisorios de 12.000 ( una locura!)
Qué opinan'? apelo y presento comprobantes de ingreso y solicito que la madre integre al expediente prueba de los gastos de los hijos?? saludos
 #1235905  por FGH11
 
HOLA ESTOY EN LA MISMA, ALIMENTOS PROVISORIOS MUY BAJOS. TENGO QUE APELARLOS.

--> AL FINAL SE APELA Y SE FUNDA EN EL MISMO ESCRITO? O A PELO Y LUEGO PRESENTO MEMORIAL EN PRIMERA INSTANCIA CON COPIAS PARA FORMAR EL INCIDENTE?
 #1258381  por GUILLEBLACKY
 
Estimados: Consulta porque es mi primer caso por Alimentos, represento al padre de la niña. El tema es que ya hace 5 años que esta separado de la madre de la niña. La hija en el mes pasa 20 días en la casa del padre, se hace cargo de los gastos escolares, la salud y la ropa de la misma, y la niña pasa 10 días en la casa de la madre; la madre inicio demanda por alimentos y le fijaron una provisoria, cuando me parece que no corresponde debido a que estan cumpliendo al 50% de su deber ambos padres para con su hija. Igual aclaro que es el primer tema que tengo de alimentos. Puedo apelar la medida de los provisorios?