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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1200652  por LaGreca
 
Buenas tardes! Tengo en mis manos el caso de un accidente in itinere de un familiar directo (choque de motos), fue tratado por art y posteriormente dado de alta (hará 15 días). Yo no tengo experiencia en este tipo de reclamos y veo que tiene muchos vericuetos, por eso es que recurro a uds. si pueden compartir sus experiencias. Por lo que leí, acceder a las comisiones médicas no dan buenos resultados y vi también que muchos abogados inician directamente juicio planteando la inconstitucionalidad de las leyes. No tiene dictámen todavía. Uds que recomiendan?? Espero el dictámen y recurro a la comisión médica o directamente inicio juicio?? El plazo comienza a correr desde el dictamen?? No desde el alta. Cualquier comentario se los agradezco porque tengo bastante presión al ser el damnificado un familiar. Muchas gracias !!
 #1200683  por dramnj
 
Inicia demanda planteando las inconstitucionalidades de ley 27348 y de las otras que veniamos planteando (26773, 24457, etc). Si vas a CCMM, no te van a a pagar honorarios a vos y quizas dictaminen una incapacidad mucho menor que la que le corresponde a tu cliente. Si te rebotan la demanda en primera instancia, apelas a CÁMARA. Si CÁMARA lo deniega, ahi no te queda otra que iniciar en CCMM. Saludos
 #1200698  por LaGreca
 
Buenas tardes, muchisimas gracias por sus respuestas!!. Pombeta el domicilio del damnificado es Lomas, pero el lugar y domicilio de trabajo es Capital Federal. En el único caso que acudí a las CCMM lo hice en la central pese a que el trabajador tenía domicilio en Pcia. y no me hicieron ningún problema. El tema para iniciar demanda sería que tendría que esperar el dictámen no es verdad?? De nuevo, gracias por interesarse y ser solidarios.
 #1200745  por Pombeta
 
Buen día, Capital Federal está más complicado porque muchos Juzgados Laborales tienen opiniones a favor de la Falta de Acción y te van a rebotar la demanda y enviártela a terminar el trámite administrativo.

Creo que te va a convenir iniciarla en Lomas por el domicilio del trabajador. Plantea la inconstitucionalidad del Art 1 de la 14.997 (La adhesión en la Prov a la Ley 27.348). Encáralo por el tema de las facultades indelegables de las Provincias y mechado con el 46 de la 24.557 (El famoso fallo Castillo).

Creo que con eso no vas a tener problema.

Saludos!
 #1200807  por LaGreca
 
Mil gracias Pombeta, si, estaba viendo de iniciarlo en Lomas. Pero de verdad que este tema trae muchas dudas, las instancias, las jurisdicciones, y recien luego el caso de fondo. Creo que está para algún cursillo o seminario. No me gusta accionar dando manotazos. Muchas gracias por los comentarios que siempre enriquecen y felicitaciones por la solidaridad para con los colegas. Un ejemplo.