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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1199961  por SinCC
 
Buenas tardes, necesito hacerles una consulta:
Trabajadora de limpieza con seis años de antigüedad, desde hace casi dos años le descubrieron una enferemedad crónica por lo cual falta en reiteradas ocasiones para realizar estudios. La enfermedad (es celíaca) a su vez le trajo aparejadas otras enfermedades. Cada licencia está justificada. Durante el primer año, con su otro supervisor no tuvo problema, pero con el nuevo, tuvo varias situaciones en las que le manifestó su disconformidad con las faltas, etc.
La despiden, enviando CD común, sin invocar causa y poniendo su liquidación a disposición. El día en el que ella estaba trabajando (2/5/18) recibe la carta documento de despido.
Puedo invocar despido discriminatorio a causa de su enfermedad? Rechazo la CD de despido solicitando que le abonen los daños y perjuicios? Porque no quiere volver al trabajo.
Su ayuda es muy importante.
Gracias
 #1200778  por caro4457
 
Buenas tardes, primero que ya esta despedida y aunque ella hubiera querido volver al trabajo ya esta despedida. Ojala le hayas contestado la cd de despido con el despido discriminatorio, pero ojo que todas las faltas tienen que estar justificadas con certificados médicos y no con un simple aviso face to face....sic.... por ahi sirva algun email o algo asi; pero en fin lo que tenes que demostrar es que la empresa conocía la enfermedad de tu cliente y que se la ostigo por las faltas y demas. Mas alla de eso yo te digo que habiendo trabajado de los dos lados, las personas se abusan y faltan cuando quieren escudándose en cualquier cosa.
 #1200976  por adessoma
 
SinCC escribió:La despiden, enviando CD común, sin invocar causa y poniendo su liquidación a disposición.
¿Y dónde está el acto discriminatorio, debidamente acreditado, que a tu cliente le dé derecho a reclamar las indemnizaciones de la ley 23592?
Yo me olvidaría del caso. Un abrazo.
 #1201421  por ccolalongo
 
Fijate que hay un fallo de COTO por despedir un empleado con HIV, y no le hicieron lugar. Esta despedida le pagan la indemnizacion y la discriminacion hay que probarla. Ademas la celiaquia no es una enfermedad laboral.