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 #1201584  por Iusgus2013
 
Buenas colegas. Consulta: Por el tema de un daños y perjuicios. Se llego a un acuerdo con la aseguradora. Firmamos el acuerdo ambas partes. En el convenio se estipulo el pago en 35 dias con cheque al actor y otro para honorarios. Presentamos el acuerdo en el Juzgado y se aprobo la liquidacion practicada y despacharon "Tiénese presente la liquidación practicada en forma conjunta, en consecuencia, apruébase la liquidación practicada, en cuanto hubiere lugar por derecho, hasta la suma de xxxxxxxxxxxxxxx, que deberá ser abonada dentro del quinto día"

Dos consultas:
Mi duda es, respetan eso dias estipulados en el convenio o una vez notificada la aseguradora deberá abonar?
El pago como se realiza? Acompañan los cheques en el expediente y lo retiramos con el actor? Es por deposito en el Banco Provincia??
AGRADECERIA SUS OPINIONES. ES MI PRIMER COBRO. SALUDOS A TODOS!!!
 #1201592  por legalescom
 
La aseguradora, te pedirá una carta de pago (recibo) con la firma del actor y le pagará, directamente, al mismo, salvo que seas apoderado y, por escrito, firmado por el actor y con tu patrocinio, dirigido al juzgado, pero reteniéndolo la Aseguradora, para prewentarlo ella, harás saber que el actor percibió el cobro respectivo. Por tus honorarios, te harán firmar otra carta de pago a vos, y un escrito denunciando haber percibido los honorarios y hechos los aportes de ley. Es lo que se estila, salvo que, la Aseguradora, los deposite en el Banco Provincia Sucursal Tribunales, a la orden del Juzgado interviniente y tengas que pedir un cheque judicial, una vez firme el depósito..
 #1201737  por Iusgus2013
 
legalescom escribió: Mié, 30 May 2018, 20:52 La aseguradora, te pedirá una carta de pago (recibo) con la firma del actor y le pagará, directamente, al mismo, salvo que seas apoderado y, por escrito, firmado por el actor y con tu patrocinio, dirigido al juzgado, pero reteniéndolo la Aseguradora, para prewentarlo ella, harás saber que el actor percibió el cobro respectivo. Por tus honorarios, te harán firmar otra carta de pago a vos, y un escrito denunciando haber percibido los honorarios y hechos los aportes de ley. Es lo que se estila, salvo que, la Aseguradora, los deposite en el Banco Provincia Sucursal Tribunales, a la orden del Juzgado interviniente y tengas que pedir un cheque judicial, una vez firme el depósito..

Muchisimas gracias por la explicación. Muy claro. Saludos!!