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  • REPARACIÓN HISTÓRICA - HONORARIOS POR JUICIOS PREVIOS

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1201618  por manuelherbas
 
Buen día. Consulto:
En la reparación histórica, cómo se procede en caso que haya juicio previo iniciado?
Concretamente, cuando sale la sentencia, se determinan los honorarios de los profesionales intervinientes en el juicio y del abogado patrocinante de la reparación.
Quién y como abona esos honorarios?
Los descuenta directamente ANSES y los deposita?
O los debe hacer efectivo el beneficiario?
Desde ya agradecido por las respuestas.
 #1201619  por Mauricia
 
Hola: Tiene que revocarle el poder al otro letrado, si no se hace asi, ante una denuncia del colega tu Colegio te va a aplicar sanciones como por ejemplo suspension en la matricula, etc. Se revoca el poder y se le paga los honorarios pactados, no es un porcentaje del retro de RH, se practica liquidacion conforme sentencias y de ahi se saca el pocentaje pactado (generalmente te da entre un 40 y 50% de la propuesta de RH). A vos que solo firmas la RH, anses te tira unos pesos para la sube.