Alguien me puede sintetizar el procedimiento para pedir la partición de la herencia, habiendo solo un inmueble (provincia de Buenos Aires), desde ya muchas gracias
Habiendo solo un inmueble, si no se puede subdividirlo, aunque fuere por el régimen de propiedad horizontal, no hay partición que valga, sino sólo la venta del mismo, para dividir su producido, o comprarlo un heredero.
si no queda cónyuge sobreviviente y no llegan a un acuerdo, tendrán que acudir a un procedimiento judicial de división de la cosa común, y resultando indivisible el inmueble, el juez obligará a vender a un tercero o en pública subasta.