Estimados colegas:
Les hago un resumen del caso en cuestión.-
Tengo un cliente que ya hace un tiempo realizó una pieza en un inmueble de su propiedad, el problema es que esta habitación tiene problemas de humedad porque no se hizo el revoque del lado del vecino. Intente comunicarme con esta persona pacíficamente, le ofrecí hacer un convenio sencillo de autorización para que deje pasar a los obreros, pero no hay caso, el tipo no quiere dejarlo pasar, no se cual será el motivo, pero no quiere saber nada.-
La pregunta es sencilla, el caso encuadra perfectamente en el articulo 1977 del CCyCN "Si es indispensable poner andamios u otras instalaciones provisorias en el inmueble lindero, o dejar pasar a las personas que trabajan en la obra, el dueño del inmueble no puede impedirlo, pero quien construye la obra debe reparar los daños causados"
Ahora bien... Que acción sería la adecuada?
Desde ya, muchas gracias !!!
Les hago un resumen del caso en cuestión.-
Tengo un cliente que ya hace un tiempo realizó una pieza en un inmueble de su propiedad, el problema es que esta habitación tiene problemas de humedad porque no se hizo el revoque del lado del vecino. Intente comunicarme con esta persona pacíficamente, le ofrecí hacer un convenio sencillo de autorización para que deje pasar a los obreros, pero no hay caso, el tipo no quiere dejarlo pasar, no se cual será el motivo, pero no quiere saber nada.-
La pregunta es sencilla, el caso encuadra perfectamente en el articulo 1977 del CCyCN "Si es indispensable poner andamios u otras instalaciones provisorias en el inmueble lindero, o dejar pasar a las personas que trabajan en la obra, el dueño del inmueble no puede impedirlo, pero quien construye la obra debe reparar los daños causados"
Ahora bien... Que acción sería la adecuada?
Desde ya, muchas gracias !!!