Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • COMISIONES MEDICAS

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1202412  por abogado001
 
Buenas tardes! Soy novato en tema de ART. Tengo una duda respecto de la nueva ley que establece la obligatoriedad de las comisiones médicas. Mi cliente tiene la audiencia la semana que viene.
Una vez que se dictamine el % de incapacidad, puedo acudir directamente al fuero laboral si es que lo considero conveniente o primero debo apelar en la comisión médica central? No me queda claro lo que dice el art 2 ley 27348.
Asimismo, saben cuánto demora el procedimiento ante la CM?

Gracias!
 #1202489  por DrNovatoArgentino
 
A partir de que a tu cliente lo ven la comisión medica jurisdiccional tiene un plazo de 60 días hábiles para dictaminar la incapacidad .
Estas habilitado para recurrir al fuero laboral si no estas conforme con el dictamen medico desde que recibís la notificación.
No te recomendaría apelar a la Comisión Medica Central desde mi punto de vista por que siempre confirman el fallo de la Cm jurisdiccional entre médicos se cubren.