Hola a todos, es la primera vez que entro, les agradeceria que me guiaran sobre el siguiente tema: Inicie una demanda por regimen de viitas, la jueza fijo la demanda como incidente, mande el traslado de la misma y no contesto la demandada, ahora ¿es procedente que pida la apretura a prueba de acuerdo al art. 181 del C.P.C.C.? yo ofreci prueba testmonial y confesional...Les agradecería su contestación
CALABRIA