Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Propuesta de convenio SRT

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1203074  por ladyius
 
Colegas, los que hagan temas de ART, una clienta me pide que la asista en una audiencia médica ante la SRT y me manda lo que ya firmó que es la propuesta de convenio que le hace la ART. La realidad es que me consulta después de haber firmado esto, tengo entendido que para poder iniciar tendría que haber firmado e disconformidad o al menos no haber firmado esta propuesta, es así?.
Porque mi idea, mas allá de asistirla en la audiencia, era mandarla al médico legista y ver si lo que le ofrecen está acorde a la incapacidad real, si bien no le quedaron muchas secuelas, las Art siempre ofrecen menos de lo q correspondería.
Cualquier aporte, gracias.
 #1203162  por agentil
 
ladyius escribió: Vie, 22 Jun 2018, 16:09 Colegas, los que hagan temas de ART, una clienta me pide que la asista en una audiencia médica ante la SRT y me manda lo que ya firmó que es la propuesta de convenio que le hace la ART. La realidad es que me consulta después de haber firmado esto, tengo entendido que para poder iniciar tendría que haber firmado e disconformidad o al menos no haber firmado esta propuesta, es así?.
Porque mi idea, mas allá de asistirla en la audiencia, era mandarla al médico legista y ver si lo que le ofrecen está acorde a la incapacidad real, si bien no le quedaron muchas secuelas, las Art siempre ofrecen menos de lo q correspondería.
Cualquier aporte, gracias.
Esta a tiempo de no acordar nada, no importa lo que firmo. Explícale que debe tener mucha mas incapacidad que la que le reconoce la ART. Y sino cobrale un fijo x ir a la audiencia y que se arregle ella por firmar sin consultar. Saludos
 #1203205  por ladyius
 
Muchas gracias por tu respuesta, estaba en duda si esto firmado vedaba posibilidad de accionar pero al ser Propuesta de convenio me sonaba a que no la obligaba a aceptar definitivamente, lo voy a hablar antes de la audiencia a ver que decide hacer. Tal cual coincido con tu opinión es una decisión de ella finalmente. Gracias por responder, un saludo!
 #1203218  por ClaudioFer
 
Debe haber un acuerdo homologado en los términos del art. 15 de la LCT (con efectos de cosa juzgada) para que el trabajador ya no pueda reclamar (y aun así podría llegar a impugnarlo habiendo vicios); ergo, la propuesta que firmó no le impide accionar para reclamar lo que le corresponda.
 #1203224  por ClaudioFer
 
Ver el anexo de procedimiento:
http://servicios.infoleg.gob.ar/infoleg ... /norma.htm

http://servicios.infoleg.gob.ar/infoleg ... /norma.htm

https://www.srt.gob.ar/index.php/comisi ... icas-guia/

Recién una vez que el Servicio de Homologaciones homologa el acuerdo al que arribaron trabajador (con asesoramiento letrado) y ART es cuando ya no se puede reclamar. Esa propuesta que firmó no obsta a reclamar.